April 16, 2018
Marcas Notorias
Asuntos Legales
Un signo notorio es aquel reconocido por una parte representativa del sector del mercado al que pertenece. Esta condición le otorga una protección especial, toda vez que: (i) rompe el principio de especialidad, por cuanto la autoridad marcaria analizará, respecto de signos de terceros, el riesgo de confusión, asociación, el de uso parasitario y el de dilución, aun cuando no exista conexidad competitiva entre los signos; y (ii) en lo relacionado al principio de territorialidad, la calidad de notorio en cualquiera de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), otorgará protección en el resto. Camila López Vigoya, asociada del área de Propiedad Intelectual de Holland & Knight analiza este tema para Asuntos Legales de La República.