25 de Septiembre de 2019

Se amplía la fecha máxima de facturación electrónica para los contribuyentes del régimen SIMPLE

Holland & Knight Alert
Juan Carlos Valencia Marquez

Con motivo de las modificaciones realizadas por la Ley de Financiamiento – Ley 1943 de 2018 – Colombia actualmente se encuentra en proceso de implementar el sistema de facturación electrónica con validación previa a su expedición. Lo anterior significa que la factura debe ser validada previamente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), antes que esta se expida al respectivo adquirente del bien y/o servicio.

Así mismo, la ley designó a la DIAN como autoridad competente para establecer los aspectos técnicos de la factura, el calendario y selección de los sujetos obligados.

Con base en lo anterior, la DIAN inicialmente había decretado que los contribuyentes pertenecientes al régimen SIMPLE deberían expedir las facturas electrónicas con validación previa antes del 31 de agosto de 2019. No obstante, con la expedición de la Resolución DIAN 058 del 13 de septiembre de 2019, dicha fecha máxima se extenderá hasta el próximo 18 de noviembre de 2019 para estos contribuyentes.

Igualmente, la Resolución 058 estableció que con anterioridad a la fecha máxima de implementación, la factura electrónica con validación previa a su expedición podrá coexistir válidamente con los demás sistemas de facturación como serían los documentos equivalentes. Sin embargo, una vez se cumpla el plazo se deberá cesar la expedición de la factura electrónica sin validación previa a su expedición, ya que la misma no será reconocida fiscalmente.

Recordamos que el régimen SIMPLE integra e incorpora el impuesto a la renta, impuesto al consumo, Impuesto de Industria y Comercio (ICA), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los aportes al sistema de pensiones a cargo del empleador.  


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