23 de julio de 2020

ANM de Colombia modifica el trámite para la declaración y delimitación de las Áreas de Reserva Especial

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata

Por considerarlo de su interés, Holland & Knight Colombia S.A.S. le informa que la Agencia Nacional de Minería (ANM), por medio de la Resolución 266 de julio de 2020, estableció el trámite administrativo para la presentación y evaluación de las solicitudes de declaración y delimitación de Áreas de Reserva Especial. Lo anterior, según explica la Resolución, se hace con el propósito de adelantar estudios geológico-mineros y desarrollar proyectos de minería especial mediante el otorgamiento del contrato especial de concesión, en concordancia con el artículo 31 de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas).

La mencionada Resolución regula íntegramente los trámites administrativos relativos a las Áreas de Reserva Especial, indicando los requisitos, causales de rechazo, procedimiento de delimitación, declaración, causales de terminación, derechos y obligaciones de las comunidades beneficiadas.

Sobre el punto, es importante mencionar que únicamente podrán ser beneficiarios de las Áreas de Reserva Especial comunidades que hayan ejercido explotaciones mineras tradicionales, sin perjuicio de los títulos mineros vigentes al momento de su declaración. Esto, respondiendo a las iniciativas plasmadas en la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022), que propende por un marco legal que consolide las Áreas de Reserva Especial como instrumento de formalización de las actividades mineras tradicionales.

Por último, la Resolución precisa la obligatoriedad de contar con todas las autorizaciones requeridas para la ejecución de actividades mineras al interior de las Áreas de Reserva Especial, así como cumplir todas las normas complementarias relacionadas con la minería. De este modo, una vez se determine la comunidad minera que podría beneficiarse de la delimitación y declaración del Área de Reserva Especial, los interesados deberán presentar el correspondiente Programa de Trabajos y Obras (PTO), radicar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) junto con la solicitud de Licencia Ambiental para formalización minera, declarar, liquidar y pagar las regalías correspondientes de acuerdo a las normas aplicables, cumplir las normas de comercialización entre minerales, entre otras.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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