5 de agosto de 2020

Minambiente extiende régimen de transición para Estudios Ambientales bajo metodología del año 2010

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata

Mediante Resolución 0629 del 31 de julio de 2020 2020, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) extendió el régimen de transición para la implementación de la metodología para la elaboración y presentación de estudios ambientales contemplada en la Resolución 1402 de 2018. Dicho régimen de transición establecía que los estudios ambientales elaborados con base en la metodología establecida en la Resolución 1503 de 2010 debían ser presentados, a más tardar, el 2 de agosto de 2020.

Con el nuevo régimen de transición introducido en la Resolución 0629 de 2020, los estudios ambientales elaborados -o en proceso de elaboración- de acuerdo con la metodología adoptada mediante Resolución 1503 de 2010 y que debían ser presentados el 2 de agosto de 2020, no se regirán por la metodología de la Resolución 1402 de 2018, siempre y cuando dichos estudios se radiquen dentro de los 9 meses siguientes a la fecha en que se levante la emergencia sanitaria en el país, término que será improrrogable.

Así mismo, la Resolución 629 estableció dos aspectos relevantes, a saber:

  • Que los estudios ambientales iniciados bajo la metodología del año 2010 que sean objeto de consulta previa y la misma no se haya podido realizar dentro del término de los 9 meses previsto en la prórroga, pueden ser entregados ante la autoridad ambiental competente con posterioridad al vencimiento de dicho plazo, siempre y cuando se informe oportunamente a la autoridad. 
  • Que a partir del 2 de agosto de 2020, los estudios ambientales que no se encuentren amparados bajo el régimen de transición, deberán ser elaborados conforme a la metodología establecida en la Resolución 1402 de 2018.

La Resolución 0629 de 2020 comienza a regir a partir de la fecha de su publicación. Aún está pendiente que la página web de la imprenta nacional publique el diario oficial correspondiente.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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