3 de diciembre de 2020

Obligación de reporte a la DIAN de las ventas efectuadas el día sin IVA en Colombia

Holland & Knight Alert
Rafael A. Lafont Castillo

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) el pasado 27 de noviembre de 2020 expidió la Resolución No. 106, por medio de la cual se establece la obligación de informar las ventas exentas de IVA en Colombia de que trata el Decreto 1474 de 2020 realizadas el 21 de noviembre de 2020.

La Resolución señala la información que debe entregar el vendedor o responsable, a saber: 1) identificación del comprador; 2) información relacionada con la factura; 3) información sobre los bienes vendidos y su valor y 4) medio de pago.

Esta información deberá ser presentada de forma electrónica usando los servicios informáticos de la DIAN. La información relacionada con el valor de los bienes, se debe presentar en pesos, sin decimales, comas, ni fórmulas.

Así mismo, la Resolución señala que la información deberá ser radicada a más tardar el día 1 de marzo de 2021, so pena de una sanción de clausura de establecimiento de comercio.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


Related Insights