24 de marzo de 2021

ANM expide términos de referencia para ronda minera 2021 en Colombia

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Estefanny Pardo

Luego de haberse agotado el término para comentarios del proyecto de términos de referencia para la Ronda Minera 2021 en Colombia, la Agencia Nacional de Minería (ANM) adoptó la Resolución 150 de 2021 mediante la cual adoptó los términos de referencia para seleccionar la oferta más favorable para la adjudicación de contratos especiales de cobre y polimetálicos en las áreas de reserva estrategia minera.

El cronograma del proceso de adjudicación según la resolución mencionada consiste en 1) presentar la oferta en cualquier tiempo desde la entrada en vigencia de la resolución, 2) la evaluación de la oferta por parte de la ANM dentro de los cinco días siguientes, 3) la publicación de un informe de la oferta presentada, 4) la presentación de contraofertas dentro de los 15 días siguientes, y 5) la evaluación de dichas contraofertas y la posibilidad de presentar una oferta mejorada, luego de lo cual la ANM adjudica el contrato especial a la mejor oferta presentada.

La Resolución establece las condiciones legales para la presentación de la oferta como las garantías de seriedad que se deben aportar, las contraprestaciones adicionales que se deben ofrecer, los requisitos técnico mineros que se deben aportar a la oferta y a las contraofertas.

Asimismo, se establecen las causales de no asignación de los contratos especiales de las áreas estratégicas mineras, así como los requisitos adicionales para los participantes habilitados restringidos.

Dados los avances que se vienen evidenciando, la firma adelanta revisiones jurídicas permanentes de los procesos en curso.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


Related Insights