2 de septiembre de 2021

ANM en Colombia expide criterios de gestión social para contratos AEM

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Estefanny Pardo

La Agencia Nacional de Minería (ANM) de Colombia estableció a través de la Resolución 468 del 6 de agosto de 2021 los criterios para que los contratistas de las Áreas de Reserva Estratégica Minera (AEM) elaboren planes de gestión social y estrategias de relacionamiento social en las áreas que sean otorgadas.

De acuerdo con la resolución, los contratistas de los AEM deben identificar los Grupos de Interés del área de influencia del AEM y diagnosticar el camino de relacionamiento social con estos grupos. Así, los contratistas de los AEM deben elaborar un Plan de Gestión Social que debe ajustarse a los términos de referencia adoptados mediante Resolución 263 de 2021 y una Estrategia de Relacionamiento Social (ERS) que deben ser presentados en conjunto ante la ANM.

La resolución divide esta ERS de los AEM en cinco etapas a saber y establece una serie de obligaciones y cargas que debe desarrollar el contratista de los AEM en cada una de estas etapas: 1) etapa de evaluación técnica anticipada, 2) etapa de exploración, 3) etapa de construcción y montaje, 4) etapa de explotación, y 5) etapa de cierre y abandono.

Dentro de los aspectos más relevantes se destaca la obligación de incluir mano de obra joven y establecer programas de reconversión de los trabajadores mineros en las actividades de ejecución del proyecto y de cierre del mismo.

Si tiene dudas respecto al alcance o a las implicaciones legales de los lineamientos de gestión social del los AEM, por favor contacte a los autores.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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