3 de febrero de 2022

ANH en Colombia expide Circular No. 5 de 2022 — simplificación trámites

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Claro Manuel Cotes

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de Colombia, el 1 de febrero de 2022, expidió la Circular No. 5 (la Circular), simplificando los trámites requeridos para la presentación de informes ejecutivos semestrales (IES) 2021-2 y el informe técnico anual (ITA).

Así las cosas, la Circular señala que se han adoptado las siguientes directrices para la presentación de los IES correspondientes al segundo semestre de 2021 y el ITA para el año 2021:

  1. En los Contratos de Evaluación Técnica, Contratos de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, Contratos de Exploración y Producción de Hidrocarburos, Convenios de Explotación de Hidrocarburos y Convenios de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, los contratistas podrán dar cumplimiento al compromiso de entrega del IES del segundo semestre de 2021, con la presentación del ITA 2021, de que trata el Artículo 57 de la Resolución 181495 de 2009.
  2. Si se opta por lo anterior, la información requerida para el IES, que de acuerdo con cada contrato no haga parte del contenido exigido para el ITA 2021, según lo señalado en el artículo 57 de la Resolución 18 1495 de 2009, deberá ser presentada por los contratistas como información complementaria anexa al citado ITA.
  3. La información correspondiente a la ejecución de los compromisos contractuales del segundo semestre de 2021, referente a las áreas en explotación, producción y operación y que hace parte del contenido del IES, deberá ser remitida a través de los formularios web denominados "Ejecución PTE", para lo cual se amplió el plazo hasta el 31 de marzo de 2022.

La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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