22 de febrero de 2022

MME Colombia expidió Resolución 40066: Manejo gas natural en Contratos de hidrocarburos

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Claro Manuel Cotes | Juan Pablo Linares

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia, el 11 de febrero de 2022, expidió la Resolución 40066 de 2022 (la Resolución), "Por la cual se establecen requerimientos técnicos para la detección y reparación de fugas, el aprovechamiento, quema y venteo de gas natural durante las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos". Adicional a los lineamientos puramente técnicos que contiene la Resolución, se pueden destacar las siguientes disposiciones:

  • En primera medida, la Resolución establece la prohibición general de desperdiciar gas natural durante las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, siendo explícita en los criterios para determinar cuándo se considera que hubo desperdicio de este recurso.
  • Se obliga a aquellos que se encuentren en el proceso de explotación de un yacimiento de petróleo con Gas Natural Asociado, a propender por realizar su aprovechamiento. Se deberán realizar estudios, evaluaciones y diseños para buscar la forma más eficiente de aprovechar el recurso.
  • Todos los proyectos de almacenamiento subterráneo de gas natural deberán estar previamente autorizados por la Entidad de fiscalización. Con el fin de establecer la capacidad de inyección de los pozos, se deberá realizar una prueba de inyectabilidad, diligenciando así mismo el Formulario 7 "Permiso para trabajos posteriores a la terminación oficial".
  • El anexo 3 de la Resolución, el Formato 30 DH "Informe Mensual sobre Producción, Plantas y Consumos de Gas Natural y Procesado", reemplaza el Formato 30 SEE "Informe Mensual sobre Producción, Plantas y Consumos de Gas Natural y Procesado", al cual hace referencia el artículo 3 de la Resolución 80412 de 1995.
  • Se derogan el artículo 52 de la Resolución 18 1495 del 2009 y el artículo 20 de la Resolución 40687 del 2017.

En rasgos generales, la Resolución establece de manera precisa y detallada los lineamientos técnicos, limitaciones y permisos y notificaciones (con sus respectivas formalidades) que se deben adelantar ante la autoridad competente en los procesos de detección y reparación de fugas, aprovechamiento, quema y venteo de gas natural según la etapa de exploración o explotación en la que se encuentren los proyectos.

Holland & Knight invita a todas las compañías interesadas que tengan dudas o inquietudes acerca de los posibles efectos de la Resolución para que se acerquen a nuestra firma y reciban una adecuada asesoría legal.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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