4 de agosto de 2022

ANH establece condiciones para la nominación de áreas devueltas en Colombia

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Claro Manuel Cotes

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de Colombia, el 25 de julio de 2022, expidió el Acuerdo 004 de 2022 (el Acuerdo) por medio la cual estableció las condiciones para la nominación de áreas devueltas a la ANH.

El Acuerdo fue expedido con el propósito de promover la inversión exploratoria en el país y la producción de hidrocarburos, así como buscar la incorporación de nuevas reservas, considerando criterios y reglas que permitan viabilizar las situaciones que tienen origen en las particularidades propias del desarrollo de cada contrato, y que no se encuentran expresamente previstas en los Acuerdos expedidos por el Consejo Directivo de la ANH.

A través del Acuerdo se definen y establecen las condiciones para que los interesados, que serán considerados Proponentes Iniciales, presenten ofrecimientos por áreas devueltas a la ANH, provenientes de campos en producción y áreas en exploración, evaluación o en producción.

Según el Acuerdo, podrán presentarse ofrecimientos en la calidad de Proponente Inicial por áreas devueltas a la ANH, que provengan de campos en producción o áreas en exploración, evaluación o en producción, aquellas personas jurídicas o uno de los integrantes que conformen a un contratista plural, que hayan devuelto o consideren devolver los respectivos campos o áreas a la ANH, aunque el área respectiva no se encuentre identificada como “disponible” en el Mapa de Tierras de dicha entidad.

Es importante precisar que de acuerdo al artículo 2 del Acuerdo, en los eventos en los que la devolución del área haya sido realizada con ocasión de un procedimiento de incumplimiento finalizado, la restricción será de tres años, de conformidad con lo dispuesto a través del artículo 9 del Reglamento de Selección de Contratistas y Asignación de Áreas para Exploración y Explotación de Hidrocarburos, adoptado a través del Acuerdo 003 de 2022, que dispone que no se otorgará habilitación para participar en los Procesos de Selección de Contratistas y Asignación de Áreas a quienes, en calidad de contratistas, hubieren sido objeto de la declaratoria de terminación por incumplimiento de uno o varios contratos.

Holland & Knight invita a todas las compañías que tengan inquietudes acerca del alcance o de las implicaciones del Acuerdo, para que se acerquen a nuestra firma y reciban una adecuada asesoría legal. Para mayor información contacte a los autores:


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


Related Insights