14 de febrero de 2023

Los contratos no acreditan por sí mismos la materialidad de los servicios pactados en México

Holland & Knight Alert

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) de México publicó una tesis jurisprudencial1 en la que resolvió que los contratos no son documentos idóneos para acreditar por sí mismos la existencia de los servicios pactados. En dicha jurisprudencia se expone que en los casos en que el contribuyente pretenda demostrar que las operaciones consignadas en su contabilidad efectivamente se materializaron, no bastará la exhibición de los contratos en los que haya pactado la realización de determinado servicio, pues estos por sí mismos únicamente otorgan certeza de la exteriorización de la voluntad de los contratantes, pero no demuestran que el acto o servicio contratado realmente se haya verificado.

Esta decisión implica que las Salas del Tribunal están obligadas a resolver asuntos atendiendo a este criterio. En consecuencia, el contribuyente deberá poder demostrar la fecha cierta de los contratos y exhibir las probanzas que vinculadas con dicho contrato demuestren que los actos objeto del mismo fueron efectivamente realizados.

En caso de no contar con toda la información, puede dar lugar a que el TFJA confirme la posición de las autoridades al considerar que no se cumplió con demostrar la materialidad de las operaciones registradas en los comprobantes fiscales.

Notas

1 Revista del TFJA, número 13, Novena Época, Año II, tesis IX-J-SS-38, enero de 2023, pp. 70-71. Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/38/2022, por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del TFJA, el 23 de noviembre de 2022, bajo el rubro: "CONTRATOS. NO SON DOCUMENTOS IDÓNEOS PARA ACREDITAR POR SÍ MISMOS LA MATERIALIDAD DE LOS SERVICIOS PACTADOS".


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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