26 de julio de 2023

MinAmbiente Colombia publica borrador de decreto para reservas naturales temporales en minería

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Estefanny Pardo

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MinAmbiente) el 15 de julio de 2023, publicó un borrador de decreto para comentarios en el cual se pretende reglamentar la declaratoria y delimitación de las reservas naturales temporales.

Es importante recordar que las reservas naturales temporales se derivan de un decreto anterior expedido por el MinAmbiente, el Decreto 1374 de 2013 y el artículo 47 del Decreto 2811 de 1974.

El plazo para presentar comentarios vence el 30 de julio de 2023.

El propósito de la norma y en consecuencia de la declaratoria de áreas de reserva natural temporal consiste en: (i) implementar estrategias de conservación, preservación, restauración y rehabilitación en zonas donde ha habido minería, (ii) la prestación de un servicio público o (iii) cuando el estado decida realizar la explotación de minerales. Asimismo, se indica que esta declaratoria deberá tener en cuenta el principio de precaución y prevención sin indicar cuáles son los criterios que serán usados para aplicar estos dos principios de manera diferenciada en la declaración y delimitación de reservas temporales.

Los efectos principales de esta declaratoria consisten en la prohibición de otorgar y prorrogar títulos mineros y otorgar permisos y licencias ambientales, lo que significaría que sin importar el estado en el que se encuentre un proyecto minero, ante la declaratoria de un área de reserva temporal, el mismo no podrá obtener ningún tipo de autorización ni licencia ambiental.

La vigencia podrá ser definida por las autoridades ambientales. Se indica que dentro del término de dicha vigencia de las áreas de reserva, los títulos mineros que estén inmersos en causales de caducidad, podrán ser requeridos por la autoridad para que se tomen las medidas necesarias para el cierre en virtud del principio de precaución. Esto podría implicar que se revoquen licencias ambientales o autorizaciones mineras.

Asimismo, se señala que para la declaratoria de áreas de reserva temporal se podrá tomar como base las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), los ecosistemas estratégicos, áreas de importancia ambiental y cualquier otra área afectada por diferentes tipos de degradación generado por actividad mineras. Lo anterior podría significar que a juicio de la autoridad minera y ambiental podrían decretarse reservas naturales temporales siempre que se encuentre que en las zonas correspondientes se está generando degradación ambiental.

Si tiene dudas frente a la constitucionalidad de este borrador de decreto o sobre la presentación de comentarios de este borrador de decreto, no dude en contactarnos.

Holland & Knight monitorea de forma permanente la regulación aplicable al sector de minería en Colombia y estará informando en caso de que esta normatividad sea acogida. Contacte a los autores en caso de inquietudes sobre estos asuntos.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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