2 de abril de 2020

Aclaraciones a las licencias no remuneradas

Holland & Knight Alert
Jimena Nieto

La Circular 27 de 2020 expedida por el Ministerio del Trabajo, enfatiza el mensaje a los empleadores para que mantengan las fuentes de empleo y de ingresos a los trabajadores durante la actual coyuntura.

Una lectura de la Circular fuera de contexto sin considerar la legislación laboral puede generar equívocos, puesto que da a entender que las licencias no remuneradas sólo son válidas si son solicitadas previamente por el trabajador a su empleador, quien es libre de concederla o no.

Sin embargo, el Artículo 51 numeral 4° no condiciona las licencias no remuneradas a que tengan que ser solicitadas por el trabajador para que sean válidas. El mencionado Artículo no especifica la forma en que deban ser concedidas las licencias no remuneradas. Por tanto, bien puede ser una solicitud del empleador que el trabajador es libre de aceptar o no, y viceversa.

En conclusión, durante la actual coyuntura, e incluso desde antes, es válido que los empleadores sean quienes tengan la iniciativa de proponer el otorgamiento de una licencia no remunerada a sus trabajadores, quienes pueden o no aceptar.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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