1 de junio de 2020

Ministerio de Hacienda reduce anticipo de impuesto sobre la renta para el año 2020

Holland & Knight Alert
Juan Carlos Valencia Marquez

El 29 de mayo de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 766 de 2020, por medio del cual reduce el anticipo que deben pagar los contribuyentes del impuesto sobre la renta en el año 2020, como consecuencia de la emergencia generada por el COVID-19.

De acuerdo con el Artículo 807 del Estatuto Tributario, la regla general es que los contribuyentes del impuesto sobre la renta están obligados a pagar un setenta y cinco por ciento (75%) del impuesto a título de anticipo. Ahora, con ocasión de la crisis generada por el COVID-19, el Gobierno ha considerado que se debe reducir el anticipo para aliviar las cargas sobre los contribuyentes.

El Decreto incluye un listado de las actividades económicas de acuerdo a su código CIIU que recibirán el beneficio y el porcentaje correspondiente de anticipo que deberán pagar en el año 2020. El primer aspecto importante para resaltar es que el Decreto señala que aquellos que no desarrollen las actividades incluidas en el Decreto, deberán calcular el anticipo de manera normal de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 807 del Estatuto Tributario.

Ahora, en cuanto a las actividades económicas que recibirán el beneficio, la regla general es que aquellos contribuyentes que desarrollen las actividades económicas incluidas en el Decreto deberán pagar únicamente el 25% del anticipo.

No obstante, de acuerdo con el Decreto, aquellos contribuyentes que desarrollen las siguientes actividades económicas, entre otras, pagarán el 0% del anticipo:

  • transporte aéreo de pasajeros
  • alojamiento
  • actividades de servicios de comidas y bebidas
  • actividades de las agencias de viajes operadores turísticos, servicios de reserva y actividades relacionadas

A continuación, incluimos el enlace al Decreto con el fin de que pueda consultar si su actividad económica es beneficiaria de la reducción o no.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte a los autores o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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