3 de noviembre de 2022

Reforma Tributaria en Colombia: Declaraciones de IVA sin efecto legal

Holland & Knight Alert
Gustavo Pardo Ardila | Jose Alejandro Vivas

El texto del Proyecto de Reforma Tributaria radicado para debate en sesiones plenarias de Senado y Cámara de Representantes en Colombia el 31 de octubre de 2022 contiene el siguiente artículo nuevo, que permitiría corregir errores en cuanto a la periodicidad en las declaraciones de impuesto sobre las ventas (IVA) (bimestral o cuatrimestral) que lleva a que no tengan efecto legal, sin sanciones ni intereses moratorios:

"Artículo 87° (NUEVO). Declaraciones de IVA sin Efecto Legal Alguno.

Los responsables del impuesto sobre las ventas que dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, presenten las declaraciones de IVA que al 30 de noviembre de 2022 se consideren sin efecto legal alguno por haber sido presentadas en un período diferente al obligado, no estarán obligados a liquidar y pagar la sanción por extemporaneidad ni los intereses de mora.

Los valores efectivamente pagados con las declaraciones iniciales podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar en la declaración del impuesto sobre las ventas del período correspondiente". (Subrayas fuera de texto).

Por lo tanto, a quienes presentaron declaraciones cuatrimestrales, debiendo ser bimestrales, o viceversa, les recomendamos estar atentos al texto final de la Reforma Tributaria para ver si esta norma se mantiene en el texto final, el cual es probable que se conozca antes de terminar el mes de noviembre de 2022.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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