Expedición y certificación del CCITE en Colombia debe ser realizada electrónicamente
La Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia publicó recientemente una circular por medio de la cual informan a los usuarios que, a partir de septiembre de 2024, la expedición y notificación de los Certificados de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes (CCITE) y las autorizaciones extraordinarias deben ser realizadas electrónicamente. A partir de esta circular, los usuarios de sustancias y productos químicos controlados podrán consultar la validez de su CCITE o autorizaciones extraordinarias por medio de la plataforma Sistema de Información para el Control de Sustancias y Productos Químicos (SICOQ), la cual cuenta con una aplicación móvil.
Asimismo, la circular establece un término de transición dentro del cual los usuarios de sustancias y productos químicos controlados que tengan un CCITE y/o autorización extraordinaria y que cuenten con documentos físicos deben realizar entrega de todos los folios de certificados vigentes al Ministerio de Justicia a través de correo postal certificado o los entreguen directamente en la oficina de correspondencia del Ministerio de Justicia.
Una vez culminado el tiempo de transición, el cual finaliza a principios de octubre, serán desactivados los certificados electrónicos de los usuarios que no hayan entregado los documentos físicos. Esto generaría un incumplimiento de la normativa por parte de los usuarios de sustancias, por lo cual es muy importante cumplir con las determinaciones de la circular en debido término.
El equipo de Holland & Knight sigue activamente las novedades normativas relativas al control de sustancias químicas y certificados de carencia. Si tiene inquietudes o dudas sobre las implicaciones de esta nueva regulación, no dude en contactar a los autores.
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