Ministerio de Minas publica proyecto de decreto sobre cierre de minas en Colombia
El Gobierno Nacional de Colombia publicó un proyecto de decreto para adicionar los Decretos 1073 (minas y energía) y 1076 (ambiente) de 2015, con el fin de establecer un régimen integral, obligatorio y transversal para el cierre de minas en Colombia, aplicable a todas las escalas de la actividad minera con un enfoque diferenciado.
¿A quién aplica?
El proyecto aplica a:
- titulares mineros en construcción, montaje y explotación
- titulares de autorizaciones temporales
- pequeña minería, mineros en procesos de formalización y legalización, beneficiarios del Plan Único de Legalización y Formalización Minera y mineros de subsistencia
El cierre minero como obligación inicial del proyecto
Según este decreto, el cierre debe planearse desde las etapas iniciales del proyecto y actualizarse periódicamente. El Plan de Cierre Minero (PCM) será único e integrará componentes técnicos, ambientales, sociales y financieros. Debe estar alineado con los planes de desarrollo y políticas públicas municipales, departamentales y nacionales, de ordenamiento territorial y ambiental, de gestión del riesgo y desastres, así como los instrumentos de planificación territorial según corresponda.
No se indica de manera puntual cuáles serán las actividades de poscierre que serán monitoreadas ni si se debe garantizar una coordinación expresa entre los entes territoriales y las autoridades minero-ambientales.
Asimismo, se plantea la interoperabilidad entre la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL) y AnnA Minería.
Se reconocen expresamente los siguientes tipos de cierre:
- cierre progresivo
- cierre temporal
- cierre anticipado
- cierre final
- cierre técnico gradual (especialmente para pequeña minería)
- poscierre
Nuevas exigencias en participación social y gobernanza
El proyecto establece una obligación de participación y gobernanza ambiental obligatoria, que debe surtirse al inicio del proyecto y actualizarse en casos de cierre anticipado.
La información del plan de cierre será pública, y el titular deberá demostrar cómo garantizó los aportes de comunidades, trabajadores y autoridades locales.
Componente laboral y transición
Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de un componente robusto de transición laboral, especialmente para la gran y mediana minería, que incluye:
- censo sociolaboral de trabajadores directos y tercerizados
- plan de pago de acreencias laborales y seguridad social
- programas de reconversión productiva y capacitación con participación del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
- acompañamiento y verificación directa del Ministerio del Trabajo, cuyo concepto será determinante para la liberación de garantías
Garantías financieras y apropiación de recursos
El proyecto desarrolla un sistema detallado de garantías financieras para asegurar la ejecución del cierre, que incluye:
- fiducias, garantías bancarias, depósitos y otros instrumentos financieros (gran y mediana minería)
- esquemas especiales de aprovisionamiento progresivo de recursos para pequeña minería
- cálculo del valor de cierre en valor presente total y ajustes periódicos
- posibilidad de exigir la garantía en caso de incumplimiento, sin perjuicio de sanciones administrativas
Actualización y control
El PCM deberá actualizarse cada cinco años para gran y mediana minería, o antes si cambian las condiciones del proyecto.
Régimen de transición
El proyecto prevé un régimen de transición que aplica tanto a proyectos con instrumentos en trámite como a aquellos ya aprobados que requieran actualización, lo que puede generar impactos inmediatos en proyectos que ya se encuentran en operación y ejecución minera.
Este proyecto de decreto puede generar impactos significativos en las operaciones actuales, así como en los planes de cierre que ya se encuentran en marcha, relacionados con las garantías financieras y el alineamiento de los planes de cierre con los instrumentos de ordenamiento territorial.
Asimismo, parece que la interoperabilidad que se quiere garantizar con las autoridades minero-ambientales puede generar requerimientos adicionales tanto de la autoridad minera como de la autoridad ambiental. Resulta de la esencia que las compañías envíen sus comentarios teniendo en cuenta la realidad actual de sus planes de cierre y revisen en cada caso como les pueden afectar las medidas que se pretenden adoptar por parte del Ministerio de Minas y Energía.
Holland & Knight hace seguimiento constante a la sanción de nuevas normas o políticas relevantes por parte de las autoridades competentes en la industria minera. En caso de dudas o inquietudes sobre esta materia, por favor no dude en contactar a los autores.
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