13 de septiembre de 2025

La línea invisible entre un simple bien raíz y un establecimiento de comercio

Asuntos Legales
Daniel Fajardo Villada

Daniel Fajardo, abogado corporativo, escribió un artículo para Asuntos Legales detallando la importancia de la distinción entre los bienes raices y establecimientos comerciales. Como explica el autor, la bodega que no cumple con ciertos requisitos legales no puede considerarse un establecimiento de comercio sino un inmueble accesorio. Aunque la diferencia parece académica, tiene significantes implicaciones en la práctica, en particular en transacciones de fusiones y adquisiciones (M&A). Ante este contexto, la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) expidió el Oficio 220-053168 del 18 de junio de 2025, que respondió a preguntas trasladadas por la Cámara de Comercio de Bogotá: 1) si la matrícula mercantil es necesaria para las bodegas, y, en el caso afirmativo, cuál es el procedimiento, y 2) qué documento debe usarse para acreditar una bodega ante las autoridades en caso de visitas de inspección, vigilancia y control. En este artículo, el Sr. Fajardo analiza las respuestas de la Supersociedades.

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