26 de Marzo de 2020

DIAN modificó plazos para la presentación de información en Colombia

Holland & Knight Alert
Juan Carlos Valencia Marquez | Rafael A. Lafont Castillo

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN expidió la Resolución 27 de 2020, por medio de la cual se aplazaron los términos en los cuales las entidades financieras y otras entidades de crédito, las cámaras de comercio, bolsas de valores, comisionistas de bolsa, notarios, empresas que elaboran facturas y los contribuyentes y no contribuyentes deberán presentar información a la DIAN.

Así las cosas, los primeros vencimientos frente a los deberes de información señalados anteriormente serán el 15 de mayo de 2020 y serán aplicables según el número de NIT de la entidad. Frente a las demás obligaciones de información a que hace referencia la Resolución los plazos deberán ser consultados dependiendo del tipo de obligación.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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