21 de mayo de 2020

Ministerio de Hacienda otorga alivios fiscales a deudores de las entidades territoriales

Holland & Knight Alert
Juan Carlos Valencia Marquez | Rafael A. Lafont Castillo

El 20 de mayo de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto Legislativo 678 de 2020. Entre otros aspectos, el Decreto establece algunos beneficios temporales por efectos del COVID-19, para los contribuyentes en relación con los impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago, adeudados a las entidades territoriales, tales como los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.

A continuación, presentamos los beneficios otorgados por el Decreto:

  1. Hasta el 31 de octubre de 2020, los deudores podrán pagar el 80 por ciento del capital sin intereses ni sanciones
  2. Entre el 1 de noviembre de 2020, y hasta el 31 de diciembre de 2020, podrán pagar el 90 por ciento del capital sin intereses ni sanciones
  3. Entre el 1 de enero de 2021, y hasta el 31 de mayo de 2021, podrán pagar el 100 por ciento del capital sin intereses ni sanciones

Un aspecto a tener en cuenta es que estas medidas se extienden a aquellas obligaciones que se encuentren en discusión en sede administrativa y judicial, y su aplicación dará lugar a la terminación de los respectivos procesos. Así mismo, el Decreto le impone a las entidades territoriales la obligación de habilitar medios de pago electrónicos que faciliten el acceso de los contribuyentes a las medidas.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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