21 de octubre de 2020

Reforma a la Ley de Disciplina Financiera de Entidades Federativas y Municipios en México

Holland & Knight Alert
Alejandro Landa Thierry | Rosa Maria Cuevas

El lunes 19 de octubre de 2020, la Cámara de Diputados en México aprobó el proyecto de dictamen que reforma la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. La intención de dicha reforma es permitir que los gobiernos estatales puedan contratar y reestructurar financiamientos sin necesidad de contar con autorización de la legislatura local en caso de situaciones extraordinarias o emergencias sanitarias (como la pandemia que vivimos actualmente) para reactivar la economía del país.

Dentro de los objetivos principales, se incluyen:

  • Impulsar el desarrollo sostenible permitiendo la generación de empleo y bienestar en la población mediante el fortalecimiento de los proyectos de infraestructura que cuenten con asistencia técnica para el desarrollo
  • Incorporar herramientas que permitan a las entidades federativas fortalecer el manejo de sus finanzas y brindar atención a la población sin generar mayor endeudamiento
  • Establecer medidas transitorias para apoyar a las entidades federativas en la atención de la contingencia sanitaria por la enfermedad COVID-19
  • Fortalecer las opciones de los gobiernos locales para la reactivación económica, de cara a la presente situación económica

El texto aprobado establece que no se busca exceder los niveles de endeudamiento de las entidades federativas y pese a las reformas, permanece la obligación de mantener un registro público del endeudamiento. Lo que se busca es otorgar herramientas para un manejo de las finanzas públicas locales, generar infraestructura y fortalecer la hacienda pública local.

Adicionalmente, se pretende incluir un capítulo de Previsiones extraordinarias para apoyar a las administraciones locales ante caídas del Producto Interno Bruto, superiores al cinco por ciento. En ese caso se podría renegociar sus endeudamientos de corto plazo y así se podrá ampliar la fecha de liquidación establecida en periodo de pagos de capitales iguales o consecutivo de la deuda para que puedan programar sus pagos en función de sus ingresos.

Además, durante el ejercicio fiscal de 2020 los entes públicos que cuenten con financiamientos a largo plazo inscritos en el Registro Público Único podrán acordar con los bancos acreedores, el diferimiento total o parcial de los pagos de capital e intereses por un período de hasta 12 meses.

También se propone un control de gestión financiera para concentrar la información de ingresos, egresos, gasto de la deuda pública e inversión en proyectos de infraestructura a cargo de los estados.

Derivado de lo anterior, las entidades federativas podrán realizar de mejor manera el cierre de su administración, lo cual es relevante ante la posibilidad de que ocurran cambios y transiciones en los gobiernos estatales que se renuevan en 2021.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte a los autores o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


La información establecida en esta alerta es para el conocimiento y la formación general de nuestros lectores. Cabe señalar que no está diseñada para ser la única fuente de información al examinar y resolver un problema legal. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Si tuvieran preguntas específicas sobre una situación de hecho en particular, le instamos a que consulte a un asesor legal competente.


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