Reducen tarifas de retención y autorretención para el sector minero e hidrocarburos en Colombia
El Gobierno Nacional de Colombia modificó mediante el Decreto 0242 de 2024 las tarifas de retención y autorretención aplicables a las empresas del sector minero y de hidrocarburos. Estas modificaciones fueron realizadas con base en los estudios económicos realizados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y, en particular, las tendencias observadas de los respectivos precios internacionales.
Esta disminución aplica para: 1) las tarifas de retención y autorretención previstas para la exportación de hidrocarburos y carbón en el Artículo 1.2.4.10.12 del Decreto 1625 de 2016, que fueron reducidas al tres por ciento y un por ciento respectivamente, y 2) las tarifas de autorretención previstas en el Artículo 1.2.6.8. del mismo decreto para las actividades del sector minero y de hidrocarburos.
Lo anterior implica reducciones significativas a las tarifas de autorretención, generando flujo de caja para las operaciones. En el caso de: 1) la tarifa para la extracción del petróleo crudo fue reducida del 4.50 por ciento al 2.60 por ciento, 2) la tarifa para la extracción de carbón lignito fue reducida del 4.50 por ciento al 2.20 por ciento, y 3) la tarifa para la extracción de oro fue reducida del 3.60 por ciento al 2.40 por ciento.
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