13 de abril de 2026

Se publica nuevo proyecto de resolución minera respecto a la economía circular en Colombia

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Estefanny Pardo | Daniela Hernández Oviedo

El Ministerio de Minas y Energía (MME) de Colombia publicó para consulta pública un proyecto de resolución que busca reglamentar los permisos mineros, instrumentos de seguimiento y control, entre otros instrumentos necesarios para el desarrollo de un proceso de economía circular.

Este proyecto consagra el permiso minero para el aprovechamiento secundario de los residuos obtenidos a partir de la explotación de minerales bajo prerrogativas de formalización o de títulos mineros en fase de explotación. El proyecto da un año a la autoridad minera para definir las condiciones requeridas para el otorgamiento del permiso minero.

A su vez, el proyecto consagra dos escenarios de gestión para los residuos mineros: el primero, cuando el aprovechamiento se haga dentro del área autorizada, y el segundo, cuando se lleve a cabo fuera de la misma. Adicionalmente, establece las condiciones ambientales para el aprovechamiento secundario de residuos mineros dentro del área autorizada, permitiendo su entrega a terceros habilitados, exigiendo la modificación de la licencia o el trámite correspondiente, cuando aplique, y disponiendo los residuos finales conforme a la normativa ambiental y minera vigente.

Por otro lado, el proyecto establece las condiciones para el aprovechamiento de dichos residuos fuera del área autorizada, distinguiendo entre residuos peligrosos y no peligrosos. En cuanto a los residuos no peligrosos, señala que se permite su entrega a terceros habilitados que asumen la responsabilidad ambiental, con obligaciones de permisos, control, cumplimiento técnico y reporte semestral. Por otro lado, para los residuos con características peligrosas, se señala que se permite su gestión por terceros autorizados con licencia ambiental, exigiendo cumplimiento del régimen de residuos peligrosos, la inscripción en el Registro Único Ambiental (RUA), así como el reporte y la certificación de las corrientes aprovechadas.

Los beneficiarios del permiso de aprovechamiento secundario deberán obtener un certificado de registro que los acredite para realizar la operación correspondiente, el cual deberán solicitar ante la autoridad ambiental competente. Asimismo, deberán obtener un certificado de localización y operación.

Adicionalmente, las autoridades ambientales determinarán las áreas afectadas por la minería sin explotador identificado que sean susceptibles de restauración y reconformación ambiental, dándolas a conocer mediante su página web y otros medios disponibles. Los interesados en gestionarlas deberán presentar el plan de recuperación y restauración minera.

Uno de los puntos más relevantes de este proyecto de resolución es que señala que el aprovechamiento secundario de residuos mineros genera la obligación de pagar las regalías correspondientes. Además, el proyecto autoriza el uso de cianuro en el aprovechamiento de colas o relaves de oro solo si se demuestra la remoción previa de al menos el 75  por ciento del mercurio presente y su gestión ambiental segura.

Sumado a esto, se promueve la economía circular, permitiendo a los proyectos mineros reutilizar y aprovechar residuos como materias primas y acceder, en ciertos casos, al fondo de fomento conforme a la Ley 2250 de 2022. De igual forma, se permite destinar residuos mineros no peligrosos a proyectos sociales de entes territoriales, siempre que esté previsto en el instrumento ambiental, transfiriéndose a estos la responsabilidad por su disposición final.

Este proyecto de resolución abre la puerta a nuevas oportunidades de negocios al permitir el aprovechamiento de los residuos mineros. No obstante, impone la obtención de múltiples permisos, certificados y documentos ante autoridades ambientales y mineras para poder operar, lo cual puede generar demoras e incertidumbre en las decisiones operacionales de las empresas.

Asimismo, genera costos significativos por concepto de regalías por aprovechamiento, seguimiento ambiental y caracterización fisicoquímica de residuos en laboratorios acreditados, al tiempo que traslada al tercero que aprovecha los residuos no peligrosos fuera del área autorizada la responsabilidad por infracciones ambientales y la disposición final.

Holland & Knight realiza un seguimiento constante a la sanción de nuevas normas o políticas relevantes por parte de las autoridades competentes en la industria minera.

En caso de dudas o inquietudes sobre esta materia, por favor no dude en contactar a los autores.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


 

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