30 de marzo de 2020

Protección de datos personales en medio del COVID-19: conclusiones clave bajo la ley mexicana

Holland & Knight Noticias
Luis Rubio Barnetche | Octavio Lecona

Considerando la naturaleza del COVID-19 y sus implicaciones en la salud de las personas, las empresas mexicanas se han visto obligadas a recabar cierta información de sus empleados para implementar medidas con miras a reducir los riesgos relacionados la misma, entre la que se encuentra: confirmación de viajes, contacto con personas que hayan estado en zonas de alto riesgo de contagio, así como la presencia de síntomas relacionados con la enfermedad, como fiebre, tos, dolores de cabeza, cuerpo cortado, entre otros. Es importante destacar que toda esta información se encuentra protegida por la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de Particulares (la Ley de Protección de Datos).

Conforme a la Ley de Protección de Datos, los datos relacionados con el estado de salud presente o futuro de una persona son considerados como datos personales “sensibles” que, por regla general, requieren del consentimiento expreso y por escrito de su titular para su tratamiento.

En situaciones como la que actualmente plantea el COVID-19, el tratamiento de dicha información puede ampararse en casos de excepción estipulados en la propia Ley de Protección de Datos, entre los que se encuentra la existencia de una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona, por lo que dicho tratamiento no estaría sujeto al consentimiento expreso y por escrito de los empleados.

No obstante lo anterior, las empresas continúan sujetas a las directrices de tratamiento de datos personales que a continuación se describen:

  • Los empleados deben ser informados de la existencia y características principales del tratamiento de sus datos personales a través del aviso de privacidad.
  • Las empresas deben proteger la confidencialidad de la información con medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas adecuadas, entre otros, para evitar daño o discriminación del titular de la información.
  • El tratamiento de la información debe justificarse para finalidades legítimas, concretas y acordes con el propósito que se persigue. En particular, conforme a las disposiciones legales aplicables de la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Salud.
  • Toda comunicación que se realice en la empresa sobre la posible presencia de COVID-19 en el lugar de trabajo, deberá omitir la identificación de algún empleado de forma individual.
  • La identificación de los empleados afectados de COVID-19 no debe divulgarse, con excepción de la Secretaría de Salud, a quien conforme a la Ley General de Salud deben dar aviso de los casos graves de contagio o epidemia. En este caso, la transferencia de información deberá ser documentada claramente, fundamentada y realizarse considerando medidas de seguridad que garanticen la protección de los datos personales.
  • Deben definirse los plazos de conservación de los datos personales relacionados con COVID-19 y los mecanismos que se utilizarán para eliminarlos de forma segura.
  • Únicamente deben recabarse aquellos datos que sean estrictamente necesarios para cumplir con la finalidad propuesta, es decir, aquella relacionada con identificación y presencia de síntomas, así como información de movimiento o contacto con personas que hayan estado en zonas de riesgo.

Los abogados de Holland & Knight cuentan con una amplia experiencia en temas de protección de datos personales. Para obtener más información, comuníquese con los autores de esta nota o a la oficina de la Ciudad de México de Holland & Knight.

Holland & Knight ha establecido un equipo de respuesta del COVID-19 para asistir a sus clientes en responder ante una variedad de problemas comerciales y legales que pueden enfrentar en esta crisis. Visite la página del equipo de respuesta de Holland & Knight para obtener las últimas noticias y actualizaciones claves del COVID-19 para su negocio.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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