13 de abril de 2020

COVID-19: Medidas en apoyo de usuarios móviles y redes de telecomunicaciones en Mexico

Holland & Knight Alert
Luis Rubio Barnetche | Octavio Lecona

La Secretaría de Salud de México publicó en el 31 de marzo de 2020, en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, en el que se ordena la suspensión inmediata, hasta el 30 de abril de 2020, de las actividades consideradas como no esenciales. Conforme a dicho acuerdo, los servicios de telecomunicaciones (se omitió mencionar expresamente a los de radiodifusión) son considerados como servicios esenciales, por lo que los operadores de telecomunicaciones deben continuar con sus labores durante el período de emergencia sanitaria, observando las medidas sanitarias pertinentes. Inexplicablemente, dicho acuerdo no consideró como infraestructura crítica aquélla relacionada con las telecomunicaciones, lo cual implica que las actividades para su conservación, mantenimiento y reparación no fueran consideradas esenciales.

En este contexto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), por una parte, así como la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Secretaría de Gobernación (SEGOB), por otra, han coordinado y propuesto, respectivamente, diversas medidas con la finalidad de mantener la continuidad de dichos servicios durante la contingencia sanitaria.

Medidas coordinadas por el IFT

El pasado 6 de abril el IFT y los concesionarios de telecomunicaciones móviles (AT&T, Movistar y Telcel) anunciaron diversas medidas para apoyar a sus respectivos usuarios durante la contingencia sanitaria, incluyendo las siguientes:

  • En caso de requerirse, los usuarios de servicios móviles de prepago podrán, por una sola ocasión, habilitar un plan de emergencia sin costo que contendrá al menos 100 minutos para llamadas nacionales y 150 mensajes SMS y podrán continuar recibiendo sin costo llamadas y mensajes SMS. Este plan podría activarse de forma remota vía telefónica o por mensaje SMS.
  • Dependiendo del operador, algunos usuarios de servicios móviles de postpago podrán migrar temporalmente y sin penalizaciones, a planes de precios preferentes durante la contingencia sanitaria.
  • Llamadas a servicios de emergencia como el 911 y la línea habilitada por el Gobierno Federal para la atención de COVID-19 (800 00 44 800) continúan sin costo.
  • Las personas pueden navegar sin costo en el portal.
  • Las personas pueden acceder sin costo a la aplicación móvil COVID-19MX de la Secretaría de Salud.
  • Dependiendo del operador, acceso gratuito a páginas educativas y culturales.

Lamentablemente, siguen sin anunciarse medidas similares en favor de los usuarios de telefonía e Internet fijo en apoyo de los millones de personas que continúan trabajando o estudiando desde casa.

Los operadores están atendiendo de manera remota recargas de saldo, pago de facturas y compra de equipos. Algunos estarán ofreciendo esquemas de apoyo para flexibilizar límites de datos y/o políticas de uso justo sin cargo extra.

El IFT ha creado un micrositio donde se detallan las medidas de apoyo arriba enunciadas y se proporcionan recomendaciones para el uso responsable de las redes de telecomunicaciones con la finalidad de no saturarlas.

Medidas propuestas por la SCT y la SEGOB

Hasta el pasado 2 de abril de 2020, la SCT y la SEGOB enviaron a los gobiernos de las entidades federativas un oficio en el que resaltan la importancia de contar con el apoyo de autoridades estatales y municipales para asegurar la continuidad de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, así como su operación en condiciones óptimas durante el período de contingencia sanitaria.

Las medidas propuestas consisten en las siguientes:

  • Autorizar el uso de vías públicas primarias y secundarias durante la ejecución de trabajos necesarios en infraestructura existente para sustitución, mantenimiento preventivo, correctivo o emergente.
  • Autorizar la actividad de cuadrillas que realizan dichos trabajos en la vía pública, torres, postes o instalaciones subterráneas y permitir su traslado y, en su caso, brindarles seguridad durante tales trabajos.
  • Permitir la instalación de infraestructura en hospitales, casas, negocios, comercios, centros de datos, de contacto y de soporte, así como en inmuebles de gobierno.
  • Permitir la operación de centros de atención que garanticen la operación y provisión de servicios, así como centrales telefónicas y almacenes.
  • Permitir la operación de las empresas de manufactura de alta tecnología que abastecen con equipos, partes y refacciones a los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

Por otra parte, durante la contingencia sanitaria el volumen de ataques y fraudes cibernéticos ha aumentado, por lo que es indispensable que las empresas y sus empleados, así como los usuarios, tomen las medidas de ciberseguridad necesarias para evitar comprometer información confidencial o datos personales.

Los abogados de Holland & Knight cuentan con una amplia experiencia en temas relacionados con los sectores de telecomunicaciones y ciberseguridad. Para obtener más información, comuníquese con los autores de esta nota o a la oficina de la Ciudad de México de Holland & Knight.

Descargo de responsabilidad: Por favor tenga en cuenta que la situación relacionada con el COVID-19 está evolucionando y que el tema discutido en estas publicaciones puede cambiar de forma diaria. Por favor contacte al autor o su abogado de contacto en Holland & Knight para una asesoría adecuada.


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