Nuevos estímulos fiscales como parte del Plan México
Como parte de la estrategia nacional denominada "Plan México", el 27 de noviembre de 2024, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó diversas acciones para promover inversiones, generar empleos y promover el desarrollo regional en México.
El "Plan México" establece, entre otras metas, fortalecer la industria nacional para el mercado local/regional, ampliar la sustitución de importaciones con cadenas de valor, generar empleos, y fortalecer el desarrollo científico, tecnológico y la innovación.
Con el fin de cumplir con dichos objetivos, el 21 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada 'Plan México', para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación", a través del cual se otorgan incentivos al nearshoring e impulsan a empresas nacionales que tienen capacidad para integrarse a las cadenas de valor.
Los beneficios principales que otorga el decreto son los siguientes:
- Deducción acelerada de inversiones en bienes "nuevos" de activo fijo, adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto y hasta el 30 de septiembre de 2030, que los contribuyentes mantengan en uso durante un periodo mínimo de dos años. Este beneficio permitirá deducir en el ejercicio en el que se realice la inversión la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión y los por cientos que se establecen en el decreto en lugar de los señalados en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Durante los ejercicios 2025 y 2026 los porcentajes de depreciación van desde 41 por ciento hasta 91 por ciento. Y para los ejercicios 2027 a 2030, los porcentajes de depreciación irán desde 35 por ciento hasta 89 por ciento dependiendo el tipo de bien y la actividad realizada por el contribuyente.
- Deducción adicional equivalente al 25 por ciento del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores en el ejercicio de que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación, respecto del gasto promedio erogado en los últimos tres ejercicios fiscales.
- Los gastos por concepto de innovación serán aquellos vinculados con los proyectos de inversión para el desarrollo de la invención que permitan la obtención de patentes y aquellos proyectos de inversión que se desarrollen para la obtención de certificaciones iniciales que requieran los contribuyentes para su integración a las cadenas de proveedurías.
- La deducción adicional por concepto de gastos de capacitación sólo será procedente respecto de la capacitación proporcionada por los contribuyentes a sus trabajadores activos registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Como medidas de evaluación y control de estos estímulos, el gobierno creará el Comité de Evaluación integrado por representantes de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, con la participación del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización.
Los beneficios se encuentran sujetos al cumplimiento de diversos requisitos. Entre ellos; contar con la constancia de cumplimiento emitida por el Comité de Evaluación y con los lineamientos que deberá publicar el comité en los siguientes 60 días.
Los beneficios del decreto estarán vigentes hasta el 30 de septiembre de 2030.
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