11 de agosto de 2026

Principales novedades en gestión de residuos peligrosos en Colombia según el Decreto 766 de 2026

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Maria Camila Aponte | Olga Lucia Ortega

El Gobierno nacional de Colombia expidió el Decreto 766 del 15 de julio de 2026, mediante el cual modifica y adiciona el título 6, parte 2, libro 2 del Decreto 1076 de 2015, actualizando el régimen aplicable a la gestión integral de residuos peligrosos en el país.

Este decreto incorpora nuevas obligaciones para las empresas que generan, transportan, almacenan, aprovechan, tratan o realizan la disposición final de residuos peligrosos en el territorio nacional, con cambios que impactan directamente los costos operativos, las relaciones contractuales con gestores y transportadores, la infraestructura de almacenamiento y los esquemas de aprovechamiento.

En este contexto, algunos cambios introducidos por el decreto podrían tener mayor impacto sobre los generadores de residuos peligrosos y deberían ser evaluados oportunamente por las empresas sujetas a este régimen. Dichas modificaciones incluyen lo siguiente:

 

Cambios

Recomendaciones

Los generadores deberán cargar en el Registro Único Ambiental (RUA) el Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos (PGIRP) y, a partir de 2027, las certificaciones de gestión deberán ser expedidas por instalaciones licenciadas.

Estas nuevas obligaciones hacen recomendable revisar desde ahora los mecanismos de reporte y trazabilidad para asegurar el cumplimiento oportuno de los requerimientos establecidos por la regulación.

Se establecen nuevos requisitos para las áreas de almacenamiento de residuos peligrosos, incluyendo condiciones relacionadas con señalización, ventilación, impermeabilización, control de derrames, segregación y trazabilidad.

Las instalaciones existentes contarán con un plazo de 12 meses para su adecuación, por lo que resulta recomendable que las empresas revisen desde ahora si sus condiciones de almacenamiento cumplen con las nuevas exigencias.

Una de las principales novedades del decreto es la posibilidad de que determinados residuos peligrosos sean reconocidos como subproductos y puedan incorporarse como materia prima en otros procesos productivos.

Para acceder a esta denominación, será necesario acreditar el cumplimiento de las condiciones previstas en la regulación.

Se fortalecen las obligaciones de capacitación y documentación. Los generadores deberán capacitar al personal al menos una vez al año en el manejo de residuos peligrosos y conservar los respectivos soportes.

Las empresas deberían revisar si sus programas de capacitación, procedimientos internos y mecanismos de documentación les permiten demostrar adecuadamente el cumplimiento de esta obligación ante las autoridades ambientales.

Se introducen nuevas exigencias relacionadas con las certificaciones de gestión de residuos peligrosos y se fortalecen las obligaciones de los gestores autorizados.

Resulta recomendable que las empresas revisen sus procesos de seguimiento y coordinación con gestores y transportadores para asegurar el cumplimiento oportuno de estos requerimientos.

Las nuevas disposiciones resultan especialmente relevantes para empresas de los sectores industrial, manufacturero, agroindustrial, minero, energético y de hidrocarburos, así como para cualquier organización que genere residuos peligrosos en el desarrollo de sus actividades.

Más allá de introducir nuevas obligaciones en materia de gestión de residuos peligrosos, el decreto expedido exige a las empresas revisar si sus procedimientos internos, esquemas de trazabilidad, mecanismos de reporte y relaciones con gestores autorizados se encuentran alineados con el nuevo marco regulatorio.

Asimismo, el nuevo régimen incorpora herramientas orientadas a promover la economía circular y el aprovechamiento de residuos, lo que podría generar oportunidades para optimizar procesos y costos de gestión. Una evaluación temprana permitirá identificar posibles brechas de cumplimiento, mitigar riesgos regulatorios y definir estrategias de adaptación frente a las nuevas exigencias normativas.

Evaluación de si los residuos peligrosos podrían acceder a la nueva figura de subproducto

Aunque el decreto introduce nuevas cargas operativas y administrativas, también crea mecanismos que pueden generar eficiencias para las empresas generadoras de residuos peligrosos. La nueva figura del subproducto permite evaluar si determinados residuos peligrosos pueden reincorporarse a otros procesos productivos, reduciendo costos asociados a su tratamiento y disposición final.

No obstante, para acceder a esta figura, será necesario acreditar el cumplimiento de las condiciones previstas en la regulación. Por ello, las empresas podrían identificar desde ahora qué corrientes de residuos tienen potencial para acceder a una declaratoria de subproducto, pues una evaluación temprana puede facilitar el desarrollo de proyectos de simbiosis industrial y economía circular bajo el nuevo marco regulatorio.

Aspectos que los generadores de residuos peligrosos deben revisar

Los generadores de residuos peligrosos deben revisar lo siguiente:

  • el estado de sus áreas de almacenamiento de residuos peligrosos
  • el contenido y la actualización del PGIRP
  • los mecanismos de reporte y trazabilidad en el RUA
  • los contratos y procesos de seguimiento con gestores y transportadores
  • el potencial de determinadas corrientes de residuos para acceder a la figura de subproducto

Holland & Knight puede apoyar a las empresas en el proceso de identificación de brechas frente a las nuevas exigencias del decreto, revisar procesos de almacenamiento, trazabilidad y reporte de residuos, y evaluar oportunidades para aprovechar residuos bajo la figura de subproducto. Además, puede asesorar sobre el ajuste de contratos y esquemas de gestión con terceros, así como sobre los requerimientos relacionados con las investigaciones de las autoridades ambientales del país.

En caso de dudas o inquietudes sobre esta materia, no dude en contactar a los autores.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


 

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