México emite nuevos lineamientos para el transporte y distribución de hidrocarburos sin ductos
La Comisión Nacional de Energía (CNE) de México el 23 de septiembre de 2025, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) "el acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los Lineamientos para el Balizado y Requerimientos Técnicos y de Interoperabilidad que debe cumplir el Sistema de Posicionamiento Global de unidades vehiculares registradas en los permisos de transporte y distribución de hidrocarburos por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos" (el Acuerdo).
Antecedentes
En términos del Acuerdo, la CNE busca: 1) implementar balizado permanente y visible con código QR (por sus siglas en inglés Quick Response code) único por unidad, 2) asegurar el uso obligatorio de sistemas de posicionamiento global (GPS), y 3) habilitar interoperabilidad con las plataformas de la CNE para trazabilidad y supervisión en tiempo real de las unidades, reforzando la seguridad y el combate al mercado ilícito de combustibles.
Sujetos obligados y alcance del Acuerdo
Los nuevos lineamientos están dirigidos a los titulares de permisos de transporte o distribución de hidrocarburos por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos. Lo anterior, incluye las unidades vehiculares registradas en dichos permisos (autotanques, carrotanques, vehículos de reparto, semirremolques, tractocamiones, entre otros), de conformidad con lo siguiente:
- Balizado y código QR. Cada unidad deberá portar balizado con calcomanías reflejantes de alta durabilidad que integren, entre otras, un código QR intransferible que será emitido por la CNE para tal efecto, con el propósito de identificar al permisionario, al vehículo y al producto transportado de forma paralela. Cabe señalar que, parte de los requerimientos técnicos del Acuerdo establecen que el código QR deberá ser legible mediante dispositivos móviles.
- Sistema GPS e interoperabilidad. Todas las unidades deberán contar con GPS activo en todo momento, que permita transmitir datos en tiempo real y ser interoperables con los sistemas de la CNE. A través del GPS, de la consulta del código QR y de la plataforma de supervisión – en su conjunto identificado como el Sistema de Registro, Administración y Control a Permisionarias (SIRACP) – la comisión busca facilitar la identificación de la propiedad, posesión y procedencia del producto transportado, así como la vigencia del permiso y la ruta.
- Sanciones aplicables. El Acuerdo establece que constituyen incumplimientos sancionables conforme al título cuarto, capítulo I de la Ley del Sector Hidrocarburos: operar sin balizado, código QR o sin GPS, así como el manipular o falsificar código QR, impedir el acceso a la información en tiempo real o proveer datos falsos. Con ello, los permisionarios serán acreedores a multas y posible revocación del permiso en casos graves o reincidentes.
- Entrada en vigor. El Acuerdo entró en vigor al día siguiente de su publicación (es decir, el 24 de septiembre de 2025). En consecuencia, los permisionarios contarán con un plazo de 15 días hábiles para presentar a la CNE, vía Oficialía de Partes Electrónica (OPE), la solicitud de actualización del permiso correspondiente en términos del Acuerdo.
Una vez que el permisionario presente dicha información, la CNE deberá emitir y notificar a través de la OPE el código QR y la actualización del permiso correspondiente dentro de los 45 días hábiles siguientes a la recepción de dicha información. Por último, el Acuerdo establece que los permisionarios de distribución de gas licuado de petróleo que no cuenten con un GPS contarán con un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del Acuerdo para implementarlo en todas sus unidades.
Facultades de verificación y denuncias ciudadanas
El Acuerdo establece también que la CNE podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los lineamientos. Para ello, la CNE podrá llevar a cabo visitas de verificación, programadas o no, operativos en campo o revisiones documentales mediante requerimientos de información, con el fin de constatar la correcta implementación del balizado, la funcionalidad del código QR, la operación del GPS y el cumplimiento general de las obligaciones previstas.
Adicionalmente, la CNE podrá requerir acceso directo, en tiempo real o histórico, a la información generada por los sistemas GPS de las unidades vehiculares, de forma remota o durante las visitas de verificación. Así, para el ejercicio de estas facultades, la CNE podrá celebrar convenios de colaboración con otras autoridades federales, a fin de coordinar acciones de inspección, intercambio de información y supervisión conjunta.
Por otro lado, el Acuerdo también prevé un mecanismo de participación ciudadana, al permitir que cualquier persona pueda escanear el código QR desde un dispositivo móvil estándar para consultar la información básica de las unidades vehiculares y, en su caso, presentar reportes o denuncias a través del SIRACP.
Comentarios finales
En nuestra opinión el Acuerdo determina un cambio relevante para las actividades de transporte y distribución de hidrocarburos por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos, al supeditar la operación de los permisionarios a una trazabilidad integral de sus unidades a través de la implementación del balizado, código QR y GPS.
Por lo anterior, será fundamental que los permisionarios verifiquen el cumplimiento de todas sus unidades al amparo del Acuerdo, asegurando, de igual forma que, sus proveedores de GPS y servicios asociados acrediten el cumplimiento de estándares de seguridad que establece el Acuerdo.
Seguramente estos nuevos requisitos del Acuerdo requerirán de los permisionarios realizar inversiones adicionales para alcanzar el cumplimiento del mismo, así como reforzar los sistemas de control de sus unidades en la transportación de hidrocarburos en el país.
Para obtener más información o asistencia sobre el alcance, la implementación y el cabal, comuníquese con los autores.
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