6 de marzo de 2026

Nueva iniciativa propone reforma electoral en México

Holland & Knight Alert
Rodolfo Rueda | Lizeth Cordova Solis | Carlos Nieto | Daniel Mancilla

La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, envió el 4 de marzo de 2026 a la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia electoral. Esta fue recibida por la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, quien la turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Reforma Política-Electoral, para dictamen.

La reforma busca rediseñar diversos componentes del sistema electoral mexicano con tres objetivos centrales:

  • reducir los costos del sistema político-electoral
  • fortalecer la legitimidad democrática
  • actualizar la regulación frente a nuevos riesgos tecnológicos y financieros

Asimismo, la propuesta plantea ajustes al financiamiento público de los partidos, cambios en la integración del Congreso y nuevas reglas de fiscalización y mecanismos para regular el uso de inteligencia artificial (IA) en procesos electorales.

Lo anterior, con el argumento de que el sistema electoral mexicano se ha vuelto costoso, burocrático y distante de la ciudadanía, por lo que la reforma propone una reconfiguración institucional que mantenga los principios básicos de pluralismo político, pero con reglas orientadas a mejorar la representación, fortalecer la participación ciudadana y evitar interferencias ilícitas o tecnológicas en la competencia electoral.

Principales propuestas y modificaciones

Representación proporcional y plurinominales

La iniciativa no elimina el principio de representación proporcional, pero sí modifica sustancialmente el mecanismo mediante el cual se asignan las diputaciones plurinominales.

Actualmente los 200 diputados de representación proporcional se asignan mediante listas regionales definidas por los partidos. La reforma propone un sistema híbrido en el que 100 diputaciones se asignarían a candidatos que compitieron en distritos y obtuvieron los mejores porcentajes de votación sin ganar la elección (principio del mejor perdedor).

Mientras tanto, las otras 100 diputaciones se elegirían mediante votación directa en cinco circunscripciones regionales, incluyendo representación de mexicanos residentes en el extranjero. El objetivo es reducir la percepción de designaciones partidistas cerradas y acercar la representación proporcional a resultados electorales reales.

Reducción del Senado y ajuste en la composición del Congreso

En el Senado de la República se eliminan las 32 senadurías de representación proporcional, por lo que la Cámara Alta pasaría de 128 integrantes a 96 integrantes, elegidos únicamente por mayoría relativa y primera minoría en cada entidad federativa.

De aprobarse este cambio, implicaría una reducción directa de 25 por ciento en el número de senadores, con impacto tanto en gasto legislativo como en representación política.

Por su parte, la Cámara de Diputados mantendría su composición actual de 500 integrantes, aunque con el rediseño del mecanismo para la asignación de las plurinominales.

Reducción del financiamiento público a partidos políticos

Uno de los cambios más relevantes contenidos en la reforma es la reducción del financiamiento ordinario a partidos políticos.

Actualmente el financiamiento se calcula multiplicando el padrón electoral por 65 por ciento de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La reforma propone disminuir el factor a 48.75 por ciento de la UMA, lo que representa una reducción aproximada del 25 por ciento en los recursos públicos destinados a partidos políticos.

La distribución interna se mantiene de la siguiente manera:

  • 30 por ciento igualitario entre partidos
  • 70 por ciento a la votación proporcional obtenida

Nuevo modelo de fiscalización financiera electoral

La iniciativa introduce mecanismos de supervisión financiera más estrictos para campañas y partidos políticos.

Entre los cambios más relevantes destacan un reporte cotidiano al Instituto Nacional Electoral (INE) de operaciones financieras de partidos y candidatos por parte de instituciones del sistema financiero. Otros cambios incluyen:

  • la prohibición de aportaciones en efectivo, obligando a que los recursos se transfieran mediante el sistema financiero
  • el requisito de reportar operaciones relacionadas con activos virtuales, divisas y operaciones financieras relevantes
  • la coordinación entre autoridades electorales, instituciones financieras y organismos de inteligencia financiera para verificar candidaturas

Regulación del uso de IA y contenidos manipulados

La iniciativa de reforma incorpora, por primera vez en el texto constitucional, regulación sobre el uso de IA en procesos electorales.

  • Se establece que todo contenido electoral generado o alterado mediante IA deberá ser etiquetado obligatoriamente.
  • Los medios de comunicación y plataformas digitales deberán identificar, advertir o evitar la difusión de contenido no etiquetado.
  • La ley establecerá sanciones y responsabilidades para plataformas y concesionarios.

Cambios en materia de comunicación política y propaganda

La reforma propone ajustes a los tiempos oficiales en medios.

Se reduce el tiempo disponible para propaganda política en radio y televisión de 48 minutos a 35 minutos diarios administrados por el INE durante las campañas con el fin de simplificar la saturación publicitaria.

Democracia participativa y consultas populares

La iniciativa amplía el reconocimiento constitucional de mecanismos de participación ciudadana. Entre las propuestas se destacan:

  • el reconocimiento explícito de referéndum, plebiscito y consultas populares a nivel municipal y estatal
  • umbral máximo de 2 por ciento del padrón para solicitar mecanismos de democracia directa
  • carácter vinculante cuando participe al menos 40 por ciento del electorado

Participación política de mexicanos residentes en el extranjero

La iniciativa plantea que ciudadanos residentes en el extranjero puedan ser electos como diputados de representación proporcional, integrándose a las circunscripciones regionales. Además, se establece la obligación de crear un padrón electoral permanente para mexicanos en el exterior y garantizar su participación en la elección de diputaciones a partir del proceso electoral de 2027.

Este cambio se interpreta como un fortalecimiento del reconocimiento político de la comunidad migrante, tradicionalmente limitada al voto desde el extranjero, y abre la puerta a una representación parlamentaria más directa.

Cómputo de votos y procesos electorales

Los cómputos distritales iniciarían inmediatamente al recibirse el primer paquete electoral en los consejos distritales, tanto en elecciones federales como locales. Cabe resaltar que actualmente el cómputo formal comienza en fechas posteriores establecidas por la ley electoral.

El nuevo esquema busca acelerar los procesos de conteo y reducir tiempos de incertidumbre postelectoral, aunque también implicaría ajustes logísticos de consideración para la autoridad electoral.

Acciones afirmativas y grupos históricamente subrepresentados

La reforma constitucional incorpora la obligación de que partidos políticos y autoridades electorales garanticen acciones afirmativas en la selección de candidaturas para grupos históricamente subrepresentados, incluyendo pueblos y comunidades indígenas, pueblos afromexicanos y otros grupos en situación de subrepresentación política.

Esta práctica, que el INE había desarrollado principalmente mediante lineamientos administrativos, sube a rango constitucional.

El proceso legislativo

Aprobación en el Congreso de la Unión

La iniciativa de reforma electoral presentada por la presidenta Sheinbaum debe ser analizada y dictaminada en comisiones de la Cámara de Diputados (cámara de origen) y posteriormente discutida y votada en el Pleno. Para avanzar, se requiere la mayoría calificada (dos terceras partes de los legisladores presentes). Una vez aprobada, se envía al Senado de la República, donde se repite el mismo procedimiento y también debe aprobarse por la mayoría calificada.

Ratificación por los congresos estatales

Si ambas cámaras del Congreso de la Unión aprueban el mismo texto, la minuta se remite a las legislaturas de las entidades federativas. Para que la reforma constitucional sea válida, debe ser aprobada por al menos 17 de los 32 congresos locales.

Declaratoria, promulgación y entrada en vigor

Una vez alcanzada la mayoría de los congresos estatales, el Congreso de la Unión emite la Declaratoria de Constitucionalidad, tras lo cual el decreto se envía al Poder Ejecutivo Federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación, momento a partir del cual la reforma entra en vigor conforme a los plazos establecidos en los artículos transitorios.

Composición del Congreso en caso de aprobarse la reforma

Las siguientes imágenes muestran cuál será la composición del Congreso si se aprueba el proyecto de ley:

Para más información sobre esta reforma, favor de ponerse en contacto con los autores.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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