Golpe a propietarios en conjuntos residenciales: Ley pone en la mira a quienes no asistan a asambleas de propiedad horizontal
Esteban García, abogado de derecho inmobiliario, fue citado en Red+Noticias sobre las asambleas de copropietarios en edificios y conjuntos residenciales en Colombia y las consecuencias que podría traer la inasistencia injustificada. La nota señaló que estas reuniones, previstas en la Ley 675 de 2001, son determinantes para aprobar presupuestos, revisar estados financieros, ajustar reglamentos y tomar decisiones sobre la administración y el uso de las zonas comunes. El Sr. García explicó que el reglamento de propiedad horizontal debe contemplar expresamente la inasistencia como una falta y definir con claridad la sanción aplicable para introducir e imponer consecuencias formales de no asistir estas reuniones.