27 de octubre de 2022

La SFC propone nuevas reglas al Sistema de Control Interno de Entidades Vigiladas en Colombia

Holland & Knight Alert
Camilo Gantiva Hidalgo | Juan Felipe Fontecha Mejía | Simon Escobar

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó para comentarios el Proyecto de Norma No. 21 de 2022, mediante el cual pretende impartir instrucciones en relación con el Sistema de Control Interno de las Entidades Vigiladas (EV).

El proyecto de circular externa, cuyo plazo para comentarios por parte del público en general vence el próximo 31 de octubre de 2022, busca actualizar las instrucciones en materia de control interno de las EV con el objetivo de proveer un marco normativo más alineado con los estándares internacionales, así como promover el desarrollo de estructuras de gobierno corporativo altamente robustas que permitan la gestión eficiente de los riesgos inherentes a este tipo de entidades.

En el desarrollo de este proyecto de circular externa, la SFC evaluó rigurosamente las actualizaciones más recientes a reconocidos estándares y mejores prácticas internacionales, incluyendo las siguientes:

  • el Marco Integrado de Control Interno publicadas por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión de Normas (Committee of Sponsoring Organizations o COSO)
  • el Modelo de las Tres Líneas expedido por el Instituto de Auditores Internos (Institute of Internal Auditors o IIA)
  • los lineamientos definidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en materia de gobierno corporativo

Concretamente, el proyecto de norma propone actualizar de forma integral el Capítulo de la Circular Básica Jurídica1 que versa sobre el Sistema de Control Interno de las entidades vigiladas. El nuevo texto introduce obligaciones relacionadas con la incorporación obligatoria de nuevos órganos de gobierno y de nuevas políticas y manuales que de manera transversal le permitan a las EV tener una mejor estructura y herramientas a la hora de ejecutar su Sistema de Control Interno.

Las entidades vigiladas contarán con un término de seis meses contados a partir de la expedición de la circular externa para cumplir con la totalidad de las instrucciones que trae la norma.

Holland & Knight asesora constantemente a entidades vigiladas en la adopción de cambios y políticas internas que permitan cumplir con las nuevas regulaciones que se expidan sobre el Sistema de Control Interno. Monitoreamos activamente la implementación de normas que puedan tener un efecto directo sobre las entidades vigiladas y su funcionamiento.

Para más información sobre este asunto, pueden ponerse en contacto con los autores.

Notas

1 Capítulo IV del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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