22 de agosto de 2023

IGAC expide resolución para gestión catastral multipropósito en Colombia

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Esteban Garcia Jimeno | Janine Andrea Acosta

Mediante la Resolución 1040 de 2023, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) estableció una serie de medidas que determinarán en el futuro la forma en que se maneja la información catastral en Colombia y los mecanismos para la implementación del catastro multipropósito. Esta resolución responde a los desafíos presentes en la actualización catastral y se alinea con el nuevo Plan Nacional de Desarrollo, la Ley 2294 de 2023. El Plan Nacional de Desarrollo considera el catastro multipropósito como un instrumento fundamental para la implementación de las políticas asociadas con asuntos prediales y de desarrollo territorial, tales como reforma rural integral, la administración del territorio y el ordenamiento del territorio.

La resolución aborda diversas cuestiones, como el establecimiento de funciones y responsabilidades para los gestores catastrales, la Superintendencia de Notariado y Registro, las entidades territoriales y los operadores catastrales en relación a la gestión catastral multipropósito. Además, la resolución define directrices que orientarán la forma en que se lleva a cabo la gestión y operación catastral en todo el país, destacando la importancia de considerar las particularidades territoriales en la prestación del servicio público catastral. Por tanto, se establecen las nuevas bases para los procesos catastrales, lo que se convierte en un insumo fundamental para la toma de decisiones de negocio que requieran de la implementación de procesos o transacciones sobre todo tipo de inmuebles.

Esta resolución también establece los requisitos para habilitar a los gestores catastrales, incluyendo la presentación de propuestas técnicas ante el IGAC. Además, se regulan las condiciones para la contratación de gestores y operadores catastrales, con lineamientos que permiten a los gestores expandir sus servicios a áreas distintas a las asignadas originalmente, así como procedimientos para que aquellos que no puedan mantener el servicio lo devuelvan al IGAC. En tal sentido, se determinará la competencia y agentes a los cuales se puede acudir para efectos de lograr una eficiente prestación de los servicios catastrales.

Un aspecto clave de la resolución es la definición de la información catastral. Se espera que esta información abarque aspectos físicos, jurídicos y económicos de los predios, y que se construya con base en la colaboración de los gestores catastrales en el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC). La información catastral debe reflejar la realidad física de los predios, independientemente de la titularidad de los derechos sobre el inmueble. Así pues, la resolución establece las especificidades físicas, jurídicas y económicas que el gestor catastral deberá tener en cuenta para la construcción de la base de datos catastral.

La resolución también dispone el mecanismo para lograr progresivamente la actualización masiva de los avalúos catastrales rezagados, en el cual se hará un ajuste automático de los avalúos catastrales de todos los predios con catastro en el país, por una sola y única vez, con excepción de aquellos que hayan sido objeto de formación o actualización catastral durante los últimos cinco años anteriores a la presentación de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) o cuyo proceso de formación o actualización catastral esté en curso a la fecha de expedición. El objetivo de esta actualización masiva es contrarrestar la distorsión de la realidad económica de los predios y corregir inequidades en la carga tributaria. Por supuesto, este mecanismo es de sumo interés para todos aquellos que tienen predios pendientes de actualización y es altamente recomendable el seguimiento para conocer cualquier mutación catastral que se implemente y pueda afectar los intereses de los titulares.

Seguiremos con estricto seguimiento las consecuencias, reglamentaciones y efectos que se generen a partir de la expedición de la Resolución, así como a los pronunciamientos de las autoridades públicas para comunicarlas y analizarlas frente a problemáticas concretas. Todo proyecto, obra o actividad sobre suelo rural tiene que prestar particular atención a estas situaciones jurídicas.

Si tiene dudas sobre el alcance o las implicaciones del presente asunto, contacte a los autores.


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