19 de abril de 2021

Lineamientos de Fomento al Cine Mexicano

Holland & Knight Alert
Selene Espinosa | Renata Paez

La presente nota tiene la finalidad de informar a nuestros clientes sobre los nuevos lineamientos de fomento al cine mexicano publicados el 12 de marzo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (los Lineamientos).

Breves Antecedentes

En México se tiene una importante capacidad productora creativa en la industria cinematográfica y es uno de los mercados más importantes a nivel mundial para la exhibición de proyectos audiovisuales. Aunque las medidas de confinamiento adoptadas en el país han impulsado de manera impresionante el consumo de las plataformas de streaming en México, que han tenido un crecimiento masivo de suscriptores, la Cámara Nacional de la Industria Cinematográfica (Canacine) estima que, de marzo del 2020 a febrero del 2021, la industria del cine en México acumuló pérdidas de aproximadamente MX$18.407 millones (US$925,832).

Derivado de lo anterior, el gobierno mexicano ha decidido modificar los incentivos financieros ofrecidos en la industria mediante los Lineamientos y el nuevo el Programa Fomento al Cine Mexicano (el Programa).

Propósito del Programa

De conformidad con los Lineamientos, el Programa contribuirá a construir un sistema de apoyos financieros y de inversión para creadores, productores, distribuidores, comercializadores y exhibidores de películas nacionales, así como para instituciones interesadas en preservar acervos cinematográficos de relevancia. Se trata de un sistema que estimulará, también, la participación de los sectores público, social y privado en la reactivación integral de la industria cinematográfica nacional y tiene como finalidad sustituir la función que hasta el año pasado efectuaba el gobierno federal a través de los siguientes fideicomisos:

  • Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (FIDECINE), fideicomiso federal para la producción, postproducción, distribución y exhibición de largometrajes (de 75 minutos o más) de ficción y/o animación mediante la inversión de capital de riesgo y/o la prestación de créditos. Las personas físicas y morales podían acceder al fondo a través de convocatorias públicas a nivel nacional.
  • Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (FOPROCINE), fideicomiso con convocatorias de apoyo para producción o postproducción de largometrajes (de más de 60 minutos) de ficción y documental.

En los Lineamientos se establece que el objetivo del Programa es el otorgamiento de recursos para el impulso de proyectos cinematográficos, a fin de a) fomentar y promover el cine mexicano de calidad, diverso, plural, incluyente, con igualdad de género y accesible para toda la población, a través de subsidios económicos; b) conservar las expresiones culturales del patrimonio inmaterial del país; c) alentar la construcción y conservación de los acervos a través de la restauración, creación de catálogos, bases de datos, guías, entre otros, para la reconstrucción y reapropiación de nuestras identidades o historias visuales; d) crear y aprovechar la infraestructura cultural, y e) promover el desarrollo, el acceso e integración artístico y cultural de los pueblos y comunidades indígenas, a través del arte y la cinematografía en general.

Cobertura y Apoyos del Programa

El Programa tendrá cobertura en las 32 entidades federativas y prevé distintos tipos de apoyo, en todos los casos, el subsidio económico se entregará en moneda nacional a través de transferencia electrónica a la persona física o moral beneficiaria:

  • Apoyo a la consolidación financiera de largometrajes: El subsidio económico será hasta por un monto de MX$250,000 (about US$12,000).
  • Apoyo a la producción de largometrajes de ficción, documentales y de cine para las infancias: El monto de los apoyos se diferenciará de acuerdo a la trayectoria del director del proyecto, y podrán solicitar entre MX$5 millones (US$245,228) y hasta MX$8 millones (US$392,365).
  • Apoyo a la preproducción y producción de cortometrajes y largometrajes de animación: los proyectos de largometraje podrán solicitar hasta MX$10 millones (US$490,456) y los cortometrajes podrán solicitar hasta MX$700,000 (US$34,331).
  • Apoyo a la producción de óperas primas de escuelas de cine o con especialidad de cine: Los proyectos de ficción podrán solicitar hasta MX$3 millones (US$147,136) y los documentales hasta MX$1 millones (US$49,045).
  • Apoyo a la producción de cortometrajes por región y con trayectoria: El subsidio económico será de hasta MX$550,000 (US$26,975), o hasta el 80 por ciento del costo total del proyecto, incluyendo en el porcentaje otros apoyos federales.
  • Apoyo a la postproducción de largometrajes y cortometrajes: Para largometrajes el monto del subsidio será de hasta MX$2 millones (US$98,091) y para cortometrajes hasta MX$200,000 (US$9,809).
  • Apoyo a la producción de largometrajes en colaboración con los estados: El monto a otorgar para largometrajes hasta el corte definitivo de imagen será de hasta MX$1 millones (US$49,045). El porcentaje del apoyo será de hasta el 80 por ciento del costo total del proyecto, incluyendo en el porcentaje otros apoyos. Al menos el 10 por ciento del costo total del proyecto debe ser aportado en efectivo y/o especie por una institución cultural estatal y/o municipal de la entidad federativa de donde provenga la solicitud.
  • Apoyo para equipamiento y/o acondicionamiento de espacios y proyectos de exhibición cinematográfica y proyectos de formación de públicos y de exhibición de cine mexicano: El monto del apoyo no podrá ser mayor al 80 por ciento del costo total del proyecto, ni rebasar la cantidad de MX$1,5 milliones (US$73,568).
  • Apoyo para la conformación y preservación de acervos cinematográficos: El monto del apoyo no podrá ser mayor al 80 por ciento del costo total del proyecto, ni mayor a MX$500,000 (US$24,523).

Convocatorias y Requisitos Generales para ser Elegible a Recibir los Apoyos bajo el Programa

El registro de los proyectos se podrá llevar a cabo dentro de los 30 días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria correspondiente al apoyo que se quiere obtener, las convocatorias serán de forma anual. Las bases de participación, se publicarán en la página web institucional y las redes sociales del el Instituto Mexicano de Cinematografía.

Para acceder a los apoyos descritos en párrafos anteriores existen diversos requisitos según el tipo de apoyo al que se quiere acceder.

Tanto personas físicas como personas morales deberán acreditar su identidad y nacionalidad mexicana, en caso de ser instituciones de educación deberán presentar un currículum vitae de la institución indicando el plan de estudios. Cualquier persona que aplique deberá contar con una opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo con una antigüedad no mayor a tres meses.

Adicionalmente deberán cumplir con las bases de participación de las convocatorias correspondientes y con los requisitos específicos de cada apoyo que pueden ser desde contar con copia del certificado de registro del guión cinematográfico ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, presentar una carta en la que se manifieste que no cuentan con apoyos anteriores de FIDECINE y/o FOPROCINE, presentar una sinopsis desarrollada del proyecto, un resumen del presupuesto, hasta preparar un esquema financiero para el proyecto, entre otros.

Los resultados serán publicados en la página web institucional y en sus redes sociales, a más tardar 90 días naturales posteriores al cierre del registro de los proyectos.

Migración de los Apoyos FIDECINE y FOPROCINE

Por el otro lado, los artículos transitorios de los Lineamientos del Programa prevén que los apoyos que FIDECINE venía otorgando a los sujetos de apoyo establecidos en sus reglas de operación, evaluación e indicadores de gestión, serán absorbidos por el Programa, a partir de su entrada en vigor, respetándose los compromisos, derechos y obligaciones adquiridos por las partes.

Mientras que, en el caso de los proyectos que resultaron ganadores en la Convocatoria de FIDECINE publicada el 19 de septiembre de 2020, y los proyectos que resultaron ganadores en la Convocatoria de FOPROCINE publicada el 22 de diciembre de 2019, se mantendrán vigentes las condiciones bajo las cuales concursaron, hasta su cumplimiento.

Finalmente, los fideicomisarios de FIDECINE a quienes les haya aprobado o autorizado algún apoyo, podrán migrar al Programa para asegurar su conclusión.

Consideraciones Finales

Consideramos que el acceso a los distintos apoyos ofrecidos en los Lineamientos se considerará como un incentivo para grandes y pequeños productores en la creación de proyectos audiovisuales y promoverá la recuperación de la industria a pesar de la adversidad derivada de la pandemia.

En entrevista con Forbes, Netflix confirmó sus planes de inversión para crear producciones locales mexicanas para las que destinará más de US$300 millones este 2021, aumentando en 50 por ciento la cuota asignada en 2020 (US$200 millones).

Igualmente, en el evento Prime Video Presents, México Amazon también anunció que invertirá 2.65 millones en la industria del cine y la televisión en México y Latinoamérica, con el fin de apoyar a los afectados por la pandemia que tuvo que detener todas las producciones.

Con la publicación de los Lineamientos y creación del Programa, aunado a las grandes noticias de inversión de grandes productoras en el país, esperamos que la industria del cine en México siga creciendo y se posicione como uno de los principales países creadores de contenido.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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