2 de mayo de 2025

La Secretaría de Energía de México reanuda plazos y términos para asuntos de CNH

Holland & Knight Alert
Gabriel Ruiz | Gerardo Prado Hernandez | Rodolfo Rueda | Mariana Salinas

La Secretaría de Energía (SENER) de México, el 29 de abril de 2025, publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se reanudan los plazos y términos para la recepción y tramitación de los asuntos competencia de la Secretaría de Energía, conforme a las atribuciones que le fueron transferidas".1

En dicho acuerdo, se establecen los términos en que se reanudarán los plazos que se encontraban en suspensión, los cuales estaban anterioridad a cargo de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), en razón de que ya fueron publicadas las leyes secundarias en materia energética y se ha concluido la transferencia de expedientes y documentación por parte de la extinta CNH a la SENER.

Puntos de relevancia

Los siguientes son aspectos clave de este acuerdo:

Reanudación de plazos: A partir del día 30 de abril de 2025, se reanudan los plazos y términos para los trámites competencia de SENER a través de la Subsecretaría de Hidrocarburos, tras la conclusión de la transferencia de funciones desde la CNH, derivada de la reforma al artículo 28 Constitucional (publicada en diciembre 2024), la publicación de las leyes secundarias en materia energética y el Reglamento Interior de SENER.

Excepciones: Se mantiene la suspensión de plazos para los trámites relacionados con permisos de comercialización, transporte y almacenamiento de petróleo, ahora competencia de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Estos seguirán suspendidos hasta que haya un nuevo acuerdo de la Comisión Nacional de Energía.

Recepción física de documentos: Para trámites ante la Subsecretaría de Hidrocarburos, se podrán ingresar de lunes a viernes, de 9 a.m. a 5 p.m., en Avenida Patriotismo No. 580, Colonia Nonoalco, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03700, en la Ciudad de México.

Para otros trámites ante unidades administrativas de la SENER, se deberán realizar a través del área de Control de Gestión, ubicada en Avenida Insurgentes Sur No. 890, Colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03100, en la Ciudad de México, de 9 a.m. a 3 p.m. y de 4 p.m. a 6 p.m.

Recepción electrónica: La Oficialía de Partes Automatizada (OPA) es operada ahora por SENER, a efecto de recibir los documentos competencia de la Subsecretaría de Hidrocarburos.

El uso de la OPA es opcional, por lo que podrán presentarse de manera física o electrónica y opera de lunes a viernes, de 9 a.m. a 6 p.m.

Guía informativa: Se pone a disposición el portal, con fines orientativos para identificar la autoridad competente en cada trámite.

Por favor contactar a los autores para cualquier consulta sobre este tema o relacionado con la presentación de los trámites ante la Subsecretaría de Hidrocarburos, el área de Control de Gestión o bien a través de la OPA, no duden en contactarnos para apoyarlos con los mismos.

Notas

1 Este acuerdo fue publicado en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, el 28 de abril de 2025, el cual se presentó acompañado de una exención de Autorización de Impacto Regulatorio (AIR).


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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