20 de mayo de 2026

México propone cambios relevantes a su legislación ambiental

Se introduce una iniciativa con proyecto de decreto para la expedición de una nueva Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Holland & Knight Alert
Cesar Murillo | Maria Santos | Claudia García | Gerardo Prado Hernandez | Rodolfo Rueda | Francisco Andres Gamez-Garza

En la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria de México se publicó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) el 14 de mayo de 2026. La LGEEPA vigente fue publicada el 28 de enero de 1988 y, a la fecha, registra aproximadamente 52 decretos de reforma.

El proyecto perfila la expedición de una nueva ley integral (y no solo reformas), que reordena el marco ambiental e incorpora principios, herramientas de planeación y un enfoque reforzado en biodiversidad, restauración, justicia ambiental y participación pública. La iniciativa está estructurada en cinco títulos temáticos, que abarcan desde disposiciones e instrumentos de política ambiental, biodiversidad, aprovechamiento sustentable, control de la contaminación y participación pública e información ambiental. Finalmente, se incorpora un título sexto denominado "Procedimiento Administrativo de Investigación y Procedimiento por Infracciones a la Ley", que regula la ruta de investigación, el procedimiento y actualiza el monto de las sanciones de manera importante. 

La iniciativa pretende reexpedir una ley completa con un rediseño estructural y conceptual del marco vigente y, de ser aprobada, implicaría una transición normativa que requerirá: 1) armonización reglamentaria, 2) ajustes de instrumentos y procedimientos administrativos, y 3) criterios de implementación como guías, lineamientos o Normas Oficiales Mexicanas (NOMs). Dicha transición deberá realizarse después del proceso legislativo, de manera gradual y atendiendo los impactos que pudieran tener los formatos y procesos de autorización de trámites actualmente aprobados.

Estructura del proyecto

A continuación, se describe la arquitectura del proyecto, organizada por títulos temáticos.

Título primero: Disposiciones generales e instrumentos de política ambiental

Este proyecto actualiza conceptos, principios y objetivos, incorporando expresamente definiciones para términos como servicios ecosistémicos, economía circular, soluciones basadas en la naturaleza y principios como "interés superior del ambiente" y el principio pro natura que ha sido utilizado en convenciones internacionales de protección ambiental. Mantiene la distribución de competencias y de coordinación entre las atribuciones federales, estatales y municipales, e incorpora reglas para convenios de coordinación.

En materia de instrumentos de política ambiental, el proyecto introduce la evaluación ambiental estratégica (EAE) para planes y programas, con alcance sobre impactos acumulativos, sinérgicos y residuales. La evaluación de impacto ambiental (EIA), mantiene su estructura, incorporando reglas adicionales para servicios ecosistémicos, impactos acumulativos y mecanismos de publicidad y de consulta. También integra la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México y estrategias estatales, con diagnósticos, planes de acción, metas e indicadores.

Título segundo: Biodiversidad

El proyecto mantiene el régimen de áreas naturales protegidas, incluyendo su clasificación, zonificación y programas de planes de manejo. Agrega nuevas categorías como geoparques, zonas geo-volcánicas, sitios de protección de humedales (considerando las obligaciones de México como la parte de la Convención de Ramsar) y áreas en sitios sagrados (relevante en materia de consulta y ordenamiento territorial). Además, integra figuras de conservación como las denominadas "otras medidas efectivas de conservación basadas en áreas" para su reconocimiento y registro formal, mediante criterios de evidencia de conservación efectiva.

Adicionalmente, se incorporan las zonas de restauración y el Programa Nacional de Restauración Ambiental, regulando sus declaratorias, modalidades de uso y lineamientos programáticos nacionales, así como criterios de preservación y aprovechamiento sustentable para la vida silvestre y las zonas de influencia alrededor de los polígonos de conservación.

Título tercero: Aprovechamiento sustentable de los elementos naturales

La propuesta establece reglas y criterios para el aprovechamiento sustentable del agua, los ecosistemas acuáticos y el suelo, en coordinación con la normativa sectorial aplicable. También integra principios vinculados a economía circular en el aprovechamiento de materias primas vírgenes, la vida útil de productos y la valorización de residuos, con efectos en la evaluación ambiental y alineación con legislación específica en la materia.

Título cuarto: Protección al ambiente y prevención y control de la contaminación

El proyecto retoma instrumentos de reporte como el registro de emisiones y transferencias de contaminantes, al igual que la Cédula de Operación Anual (COA). Organiza las obligaciones, los estándares y las medidas de control específicas por componente ambiental (tales como el agua, el aire y el suelo), articulando mecanismos preventivos y correctivos para reducir los impactos.

Además, se amplía el enfoque regulatorio al incluir otros agentes de contaminación, tales como la contaminación lumínica, el ruido, las vibraciones y otros factores físicos que pueden afectar la salud pública, la biodiversidad y el bienestar urbano.

Título quinto: Participación pública e información ambiental

Se prevén reglas de participación formal en la toma de decisiones ambientales y de acceso a la información bajo el principio de máxima publicidad (información pública, accesible y consultable), en armonía con los artículos 5 y 6 del Acuerdo de Escazú. Además, prevé consulta pública efectiva en procedimientos como la EIA, incluyendo acceso a expedientes y recepción de comentarios, en línea con compromisos internacionales aplicables.

Título sexto: Procedimiento administrativo de investigación y por infracciones a la ley

La propuesta regula de manera integral los procedimientos de inspección, investigación y sanción por incumplimientos ambientales. También actualiza los montos de las multas, estableciendo rangos que van de 80 unidades de Medida y Actualización (UMA) y una máxima de 7,5 millones UMA (aproximadamente MEX$879,825,000). Además, mantiene otras sanciones como clausura temporal o definitiva (total o parcial) y arresto administrativo hasta por 36 horas.

La actualización de sanciones puede significar afectaciones directas y la necesidad de robustecer evidencia de cumplimiento, trazabilidad y controles interno de las organizaciones.

Diferencias generales con la LGEEPA vigente

El proyecto reorganiza la LGEEPA a una estructura temática orientada a la implementación, integrando principios y nuevos conceptos ambientales, así como herramientas vinculadas a la valoración, las equivalencias y a la compensación ambiental, lo que anticipa mayores exigencias de justificación técnica y trazabilidad en autorizaciones y cumplimiento.

Al introducir la EAE, se fortalecen los mecanismos del control ambiental adicionales al alcance de la EIA tradicional de los proyectos. Además, se refuerza la regulación en materia de protección a la biodiversidad y a los mecanismos de restauración. Finalmente, el proyecto amplía el menú de cumplimiento "por incentivos" al reforzar instrumentos de autorregulación, auditorías voluntarias, distintivos/sellos y mecanismos de verificación, buscando empujar mejores prácticas más allá del mínimo regulatorio.

Al ser una iniciativa recientemente introducida y aún sujeta al proceso legislativo correspondiente, se debe dar seguimiento puntual a la discusión y versiones subsecuentes que se generen hasta su potencial aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Contacte a los autores en caso de inquietudes.


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