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14 de agosto de 2025
Papel de las EPS frente a complicaciones provocadas por cirugías estéticas
Asuntos Legales
Diego Acevedo, socio del área laboral, fue entrevistado por Asuntos Legales sobre el papel de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) frente a complicaciones derivadas de cirugías estéticas y los límites de cobertura del sistema de salud en Colombia. El artículo explicó que, aunque los procedimientos puramente estéticos pueden estar excluidos, las EPS deben brindar atención cuando las complicaciones afectan la salud funcional o la dignidad o ponen en riesgo la vida, a la luz de precedentes como las sentencias T-579 de 2017, T-017 de 2008 y SU-239 de 2024. El abogado precisó el criterio legal que suelen invocar las EPS para negar cobertura y cómo los jueces han delimitado su alcance frente a casos de mala práctica y necesidades reconstructivas.
"[Las EPS pueden abstenerse de atender a los pacientes] si van a someterse a tratamientos estéticos o suntuarios que no tengan la connotación de conservar alguna capacidad funcional o la vida", dijo.
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"[Las EPS pueden abstenerse de atender a los pacientes] si van a someterse a tratamientos estéticos o suntuarios que no tengan la connotación de conservar alguna capacidad funcional o la vida", dijo.
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