9 de febrero de 2024

14 de febrero de 2024 vence el plazo para el pago de cesantías en Colombia

Holland & Knight Alert
Camilo Cuervo Díaz | Diego Mauricio Acevedo | Manuela Peralta | María Paula Zarco

El auxilio de cesantías en Colombia es una prestación social que tiene como finalidad formar un ahorro en caso de que el trabajador se quede sin trabajo. Lo anterior, sirve de auxilio y se pagan al finalizar el contrato de trabajo.

Las cesantías se encuentran a cargo del empleador y, por lo tanto, es deber del empleador consignar la cifra correspondiente al fondo de cesantías en el que este afiliado el trabajador. Sin perjuicio de lo anterior, existen dos casos en los cuales el empleador le podrá pagar directamente al trabajador las cesantías y son: 1) a la terminación del contrato de trabajo y 2) para financiaciones relacionadas con vivienda (Artículo 256 Código Sustantivo del Trabajo).

¿Cuándo se pagan las cesantías?

Las cesantías se pagan: 1) cada año, siempre y cuando el contrato de trabajo no termine antes de finalizar el año y 2) a la terminación del contrato de trabajo como parte de la liquidación. Para esto, los empleadores tendrán hasta el 14 de febrero de 2024 para realizar la transferencia de las cesantías al fondo del trabajador.

¿Cómo se pagan las cesantías?

Las cesantías deberán liquidarse anualmente y se deben consignar al fondo de cesantías en el que se encuentre afiliado el trabajador. En caso de que se termine el contrato de trabajo, las cesantías se podrán pagar directamente al trabajador y podrán entregarse en efectivo o por medio de una transferencia bancaria a la cuenta del trabajador.  

Prohibiciones de pagos parciales

El Artículo 254 del Código Sustantivo del Trabajo prohíbe a los empleadores realizar pagos parciales de cesantías antes de la finalización del contrato de trabajo, salvo los casos autorizados por la ley. En dado caso, que los empleadores llegarán a incumplir esta prohibición perderán las sumas pagadas.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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