8 de febrero de 2024

Plazo para la presentación del PTEE para las ESAL en Bogotá, Colombia para el año 2024

Holland & Knight Alert
Enrique Gomez-Pinzon | Diana Paola Serrano | Sergio Alejandro Alayon

De acuerdo con los lineamientos publicados por la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, a través de la Circular 013 del 14 de abril de 2023,1 la presentación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) para las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) domiciliadas en Bogotá DC, se deberá realizar durante los meses de mayo y junio del 2024; teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) (sin incluir el número de verificación), así:

 

Últimos dos dígitos del NIT sin número de verificación

Plazo máximo para el envío de la información

01-20

Primera semana de mayo

21-40

Segunda semana de mayo

41-60

Tercera semana de mayo

61-80

Cuarta semana de mayo

81-00

Última semana de mayo (o primera de junio)

Así mismo, en dichas fechas deberá presentarse la documentación de fin de ejercicio del año 2023, según los términos del numeral 3.2 de la Circular 016 de 2022 de la Jurídica Distrital.2

A continuación, se resumen los requerimientos mínimos para la implementación y adopción del PTEE para las ESAL:

  • Programa de Transparencia y Ética Empresarial Integral (PTEE-I): Para ESAL con activos totales iguales o superiores a 1,000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) o con sistema de administración de riesgos el PTEE-I deberá contener como mínimo:
    • política de cumplimiento
    • matriz de riesgos para identificación y evaluación de riesgos de corrupción y soborno, con controles de acuerdo con la actividad especifica de la ESAL
    • políticas y procedimientos generales para gestionar riesgos de corrupción y soborno transnacional (C/ST)
    • protocolo para reglas para regalos, gastos de entretenimiento, contribuciones políticas
    • mecanismos de debida diligencia para verificar origen de recursos de donantes
    • mecanismos y normas de autocontrol y auditoría
    • riesgos de soborno transnacional para definir procedimiento de archivo y conservación de documentos
    • mecanismos para la divulgación y seguimiento al programa
  • Programa de Transparencia y Ética Empresarial Simplificado (PTEE-S): Para ESAL con activos totales inferiores a 1,000 SMMLV y sin sistema de administración de riesgos del PTEE-S deberá contar como mínimo con:
    • política de cumplimiento
    • matriz de riesgos para identificación y evaluación de riesgos de corrupción y soborno, con controles de acuerdo con la actividad especifica de la ESAL
    • mecanismos de debida diligencia para verificar origen de recursos de donantes
    • mecanismos y normas de autocontrol y auditoría
    • canal confidencial para informar actividades sospechosas
    • procedimiento de archivo y conservación para riesgos de soborno transnacional
    • mecanismos para la divulgación y seguimiento al programa
  • Holland & Knight pone a disposición su equipo jurídico para prestar asesoría legal necesaria sobre este y otros temas relacionados.

    Notes

    1 Circular 013 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital (alcaldiabogota.gov.co)

    2 La Circular 016 de 2022 de la Secretaría Jurídica Distrital establece los plazos máximos para la entrega de documentos de las ESAL, según sus últimos dos dígitos del NIT. Este trámite se puede realizar de manera virtual, enviando los soportes en documento PDF.


    La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


Related Insights