Podcast - Impuesto de Timbre, ¿otra vez?
En este episodio de "A Lo Legal En Par Minutos", el socio Edwin Cortés conversa con Juan Pablo Díaz, abogado de derecho tributario, sobre el impuesto de timbre, el cual se estableció al 1 por ciento en febrero en Colombia después de unos años sin funcionar. Este impuesto afecta contratos o documentos con efectos en el país con un valor superior a 6.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale a aproximadamente 298 millones de pesos. Es importante tener en cuenta que hay excepciones y se debe analizar cada caso detalladamente para asegurar su cumplimiento. La tarifa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
Edwin Cortés: Hola, bienvenidos nuevamente a este espacio de Holland & Knight. Soy Edwin Cortés y en "A Lo Legal En Par Minutos", y como ustedes bien saben, tratamos temas jurídicos y a veces no tan jurídicos de su interés. Bienvenido a Juan Pablo Díaz. Bienvenido Juan Pablo.
Juan Pablo Díaz: Muchas gracias, Edwin, por la invitación.
Edwin Cortés: Juan Pablo es abogado de la Universidad del Rosario, especialista en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes. Lleva con la firma más de tres años y se desempeña, por supuesto, en el departamento de derecho tributario. Y con Juan Pablo vamos a hablar de algo que es el impuesto de timbre. Y voy a empezar, yo, por decir algo, y es que muchos de los que nos escuchan ni siquiera habían oído hablar del impuesto de timbre. Hace muchos años sí. ¿Por qué estamos volviendo a hablar del impuesto de timbre, Juan Pablo?
Juan Pablo Díaz: Bueno, el impuesto de timbre acaba de cobrar relevancia en la medida en que se reactivó un impuesto que había dejado de operar desde el 2010. Es decir, estamos hablando de que tenemos un nuevo impuesto que va a funcionar desde el 22 de febrero hasta el 31 de diciembre del 2025. Y que realmente, pues digamos, es prácticamente la reactivación de algo que existía pero que dejaba funcionar.
Edwin Cortés: ¿Y por qué es relevante? ¿En qué consiste?
Juan Pablo Díaz: La relevancia principal que tiene el impuesto de timbre es que es del 1 por ciento de la por la suscripción de cualquier contrato o documento. No solo hablemos de documentos en escritura, se notaría documentos públicos, inclusive documentos privados suscritos en Colombia o incluso suscritos en el exterior, pero que tienen efectos en Colombia. Es decir, vamos a tener que hablar mucho — y hablaremos mucho — del impuesto de timbre en lo que queda del año.
Edwin Cortés: Y ese 1 por ciento del monto de las obligaciones. Entonces ayúdenos con algo. ¿Quiénes y cuándo tienen que estar preocupados por el impuesto?
Juan Pablo Díaz: Claro que sí. Realmente, pues yo creo que al aplicar sobre cualquier contrato o documento privado, pues yo creo que todos tenemos que preocuparnos por el impuesto de timbre y habrá que analizarlo. Claro, este impuesto de timbre tiene una particularidad y es que prevé que aplicará esos documentos que se han suscrito superiores a 6.000 UVTs y para 2025, que son 6.000 UVTs, estamos hablando de aproximadamente 298 millones de pesos. Pero hay con una salvedad, y no solamente es el valor del contrato. También tenemos otros escenarios donde el contrato es de cuantía indeterminada pero determinable. Es decir, por su ejecución, puede que en el momento uno en el primer pago no supere el valor, pero puede que más adelante pueda superarlo. Habrá que analizar cada caso en detalle.
Edwin Cortés: Entendido. Claro, cada caso puede ser diferente, pero debe haber excepciones. Ayúdenos un poquito con eso.
Juan Pablo Díaz: Claro que sí. Realmente y desempolvando como mencionabas hace un segundo, pues eso es una norma que va aplicar desde 2010. Pero las normas ya preveían incluso hasta 59 excepciones. Habrá que analizar el tipo de operaciones, cuál es la gestión que se está haciendo, documentos corporativos para saber cómo aplicarlo.
Edwin Cortés: Juan Pablo, muchas gracias por esos comentarios. Y ustedes ya lo saben el impuesto de timbre volvió a tener relevancia en Colombia, así es que asesórense porque será muy importante contar con quien tributariamente acompañe a las empresas en la determinación de todo lo que nos acaban de contar. Los esperamos en un próximo episodio.