Podcast - ¿Compró híbrido o eléctrico? Reclame el IVA
La devolución del impuesto al valor agregado (IVA) por la compra de vehículos híbridos y eléctricos puede marcar una diferencia económica relevante, pero exige un trámite técnico y bien sustentado. Edwin Cortés, socio, y María Alejandra Pedraza, abogada de derecho tributario, conversan sobre el origen y funcionamiento de este beneficio tributario, que fue establecido dentro de la política de transición energética de la Ley 1715 de 2014. Los abogados exponen cómo el proceso comienza con una certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) antes de entregar una solicitud a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), respaldada por documentos como la factura del vehículo y una declaración sobre la ausencia de otros beneficios tributarios por la misma inversión. El episodio deja una lección clara para abogados y otros profesionales legales: aún cuando un beneficio existe desde hace años, su efectividad depende de conocer el procedimiento, cumplir los requisitos y buscar asesoría jurídica para reducir el riesgo de rechazo.
Recurso adicional: Compradores de vehículos eléctricos o híbridos en Colombia pueden recuperar el IVA, alerta Holland & Knight, 28 de mayo de 2026.
Edwin Cortés: Hola, soy Edwin Cortés. Bienvenidos a "A Lo Legal En Par Minutos", donde tratamos temas jurídicos y a veces no tan jurídicos de su interés. Este es un espacio de Holland & Knight y hoy nos acompaña María Alejandra Pedraza. María Alejandra, bienvenida.
María Alejandra Pedraza: Muchas gracias, Edwin. Gracias por tu invitación.
Edwin Cortés: María Alejandra es abogada de la Universidad Externado de Colombia, donde además cuenta con una especialización en Derecho Tributario y ya va a cumplir un año en nuestra firma en un par de meses. Y con María Alejandra queremos hablar de un tema que últimamente se oye mucho, que es la devolución de IVA por la compra de vehículos híbridos y eléctricos. María Alejandra, cuéntanos un poquito de dónde surgió esto.
María Alejandra Pedraza: Así es, Edwin. Esto viene de una política de transición energética mediante la Ley 1715 del 2014, que ha establecido beneficios tributarios para inversiones en tecnologías de eficiencia energética. Y ahí es donde vemos los vehículos eléctricos e híbridos.
Edwin Cortés: O sea, recientemente se puso de moda, pero viene desde el 2014. ¿Y cómo funciona este trámite?
María Alejandra Pedraza: Lo que deben hacer los contribuyentes es obtener una certificación que expide la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en la que con las características del vehículo que adquiriste, el año en que lo adquiriste, el valor del vehículo, te da la posibilidad de iniciar el trámite de solicitud de devolución por pago o no debido ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Entonces, una vez se cuente con este certificado y se recopile la demás información, como la factura del vehículo, como una declaración juramentada de que no has tenido otros provechos económicos tributarios por esta inversión, podemos presentar la solicitud del pago de lo nuevo ante la DIAN.
Edwin Cortés: Este trámite en total, ¿cuánto puede tardar aproximadamente?
María Alejandra Pedraza: El término que te da la UPME puede tardar hasta 35 días y ya con esto se nos habilita la posibilidad de ir ante la DIAN, que es un trámite relativamente rápido. Yo creería que en no superior a 30 días.
Edwin Cortés: ¿Y esto aplica a personas naturales y jurídicas?
María Alejandra Pedraza: Así es, Edwin.
Edwin Cortés: ¿Y cómo me hacen la devolución del impuesto?
María Alejandra Pedraza: Cuando el valor del IVA que pagaste, que es la mayoría de los casos por no decir todos, es inferior a mil UV3, que es aproximadamente 52 millones de pesos. La DIAN te da la consignación en tu cuenta bancaria. En caso de que esto llegase a superar, que no lo creo, te hasta la devolución mediante tips para que lo puedas compensar en tus impuestos.
Edwin Cortés: Bueno, María Alejandra, muchas gracias y ya lo saben, pueden pedir su devolución por pago de lo no debido. Hemos conocido casos en los cuales técnicamente se rechazan, así es que recomendamos que utilicen asesoría. María Alejandra, por ejemplo, está disponible.