11 de febrero de 2026

SFC amplía el plazo para que entidades en Colombia se ajusten al marco de las finanzas abiertas

Holland & Knight Alert
Camilo Gantiva Hidalgo | Juan Felipe Fontecha Mejía | Camila Vivas Valencia | Maria Camila Gamez Baracaldo | Juan José Salazar Tejada

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó el 3 de febrero de 2026, la Circular Externa 001 de 2026 por medio de la cual se amplía el plazo que inicialmente se había otorgado a las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la SFC para que implementen los requisitos necesarios desde la perspectiva de arquitectura, seguridad y tecnología para hacer parte del sistema de finanzas abiertas.

Holland & Knight ha seguido de cerca la implementación del modelo de finanzas abierta en el país (Nuevo proyecto de decreto para el sistema de finanzas abiertas en Colombia, Alerta Holland & Knight, 1 de julio de 2025). A continuación, se destacan las principales novedades que incorpora esta nueva circular de la SFC.

Los antecedentes

  • La Circular Externa 004 del 7 de febrero 2024, estableció un régimen de transición de 18 meses, contados a partir de la fecha de expedición de la referida circular, para que las entidades vigiladas implementaran los estándares de arquitectura, seguridad y tecnología necesarias para hacer parte del ecosistema de finanzas abiertas.
  • La Circular Externa 009 de 2025 amplió el plazo inicialmente establecido por seis meses más, contados desde el 8 de agosto de 2025, es decir, hasta el 8 de febrero de 2026.

Nuevo plazo

Dado que la implementación de los estándares de arquitectura, seguridad y tecnología previstos exigen que las entidades vigiladas efectúen diversas modificaciones, operaciones y desarrollos técnicos significativos en sus sistemas de información, la Circular 001 de 2026 modifica la Circular 004 de 2024 y establece un plazo de 30 meses, contados desde la expedición de esta última circular, para la implementación de los estándares mínimos del sistema de finanzas abiertas. En consecuencia, el nuevo plazo se extiende hasta el 7 de agosto de 2026.

Holland & Knight realiza un constante monitoreo a los cambios en la regulación financiera nacional e internacional. Contacte a los autores en caso de inquietudes sobre las novedades de esta circular.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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