23 de mayo de 2024

En Colombia, modifican cronograma de ronda eólica costa afuera

Holland & Knight Alert
Jose V. Zapata | Milton Montoya | Ernesto Guzmán | Claro Manuel Cotes | María Natalia Suárez Martínez

El Ministerio de Minas y Energía (MME), la Dirección General Marítima (DIMAR) y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de Colombia publicaron el 22 de mayo de 2024, la Adenda No. 2 a los pliegos del proceso competitivo de la primera ronda de energía eólica costa afuera de Colombia. La decisión se tomó, por parte de estas autoridades administrativas, en razón a las revisiones anunciadas en la Adenda No. 1, es decir, que estas se encuentran analizando la regulación del proceso (Resoluciones Conjuntas MME y DIMAR No. 40284 de 2022 y 40712 de 2023) y los pliegos del proceso competitivo.

Con esta medida se busca también fortalecer las condiciones de competencia y participación en el mencionado proceso. Los temas objeto de revisión se concentran principalmente en los siguientes aspectos:

  • requisitos de capacidad técnica y financiera para la fase de habilitación
  • requisitos para la obtención de la concesión marítima
  • procedimiento para la nominación de áreas
  • modificación del titular del permiso de ocupación temporal y de la concesión marítima
  • la forma de las garantías de cumplimiento requeridas durante el permiso de ocupación temporal y la concesión marítima

De acuerdo con esta Adenda No. 2, las nuevas fechas del cronograma del proceso competitivo será el siguiente:

 

Etapa de habilitación de interesados

Fecha plazo Adenda 2

Presentación de documentos para obtener habilitación

Desde 21/12/2023

hasta 27/09/2024

Estudio de documentos para obtener habilitación por la ANH; requerimientos o complementación documentos de habilitación

Desde 30/09/2024

hasta 30/10/2024

Publicación lista preliminar de habilitados

05/11/2024

Observaciones a lista preliminar de habilitados

Desde 06/11/2024

hasta 12/11/2024

Respuesta de la ANH y publicación lista definitiva de habilitados

20/11/2024

 

Etapa de habilitación de interesados

Fecha plazo Adenda 2

Presentación de documentos para obtener habilitación

Desde 21/12/2023

hasta 27/09/2024

Estudio de documentos para obtener habilitación por la ANH; requerimientos o complementación documentos de habilitación

Desde 30/09/2024

hasta 30/10/2024

Publicación lista preliminar de habilitados

05/11/2024

Observaciones a lista preliminar de habilitados

Desde 06/11/2024

hasta 12/11/2024

Respuesta de la ANH y publicación lista definitiva de habilitados

20/11/2024

 

Etapa de presentación y evaluación de nominación

Fecha plazo Adenda 2

Presentación solicitudes de nominación de áreas

Desde 21/11/2024

hasta 20/12/2024

Evaluación solicitudes de nominación

Desde 23/12/2024

hasta 25/03/2025

Comunicación sobre áreas no aptas

Comunicación de las áreas nominadas

Presentación de ajuste para subsanación de superposición parcial del área nominada

Revisión de subsanación de áreas con superposición parcial y comunicación al proponente nominador

 

Etapa de formalización y expedición del permiso de ocupación temporal

Fecha plazo Adenda 2

Comunicación de resolución de adjudicación a los adjudicatarios

Desde 08/08/2025

hasta 15/08/2025

Interposición de recursos de ley

Desde 19/08/2025

hasta 03/09/2025

Resolución de recursos

Desde 04/09/2025

hasta 24/09/2025

Verificación de constitución de sociedad, consorcio o unión temporal con la empresa pública o mixta del sector energético y demás requisitos, según corresponda

Desde 19/08/2025

hasta 30/09/2025

Entrega de garantías de cumplimiento a la DIMAR para la adjudicación del permiso de ocupación temporal y demás requisitos, según corresponda

Desde 19/08/2025

hasta 28/11/2025

Expedición y notificación por parte de la DIMAR al adjudicatario del acto administrativo que otorga el permiso de ocupación temporal

Desde 20/08/2025

hasta 15/12/2025

Desde el área de energía de Holland & Knight continuaremos haciendo permanente seguimiento sobre este particular y en especial a la regulación del sector eléctrico con el propósito de facilitar a nuestros clientes la participación efectiva y segura en el sector energético, en particular en los proyectos de energía renovable en Colombia. Si tiene preguntas sobre esta alerta, no dude en contactar a los autores.


La información contenida en esta alerta es para la educación y el conocimiento general de nuestros lectores. No está diseñada para ser, y no debe ser usada como, la única fuente de información cuando se analiza y resuelve un problema legal, y no debe sustituir la asesoría legal, que se basa en un análisis específico de los hechos. Además, las leyes de cada jurisdicción son diferentes y cambian constantemente. Esta información no tiene por objeto crear, y su recepción no constituye, una relación abogado-cliente. Si tiene preguntas específicas sobre una situación de hecho concreta, le instamos a que consulte a los autores de esta publicación, a su representante de Holland & Knight o a otro asesor legal competente.


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